Alberto Fernández debía presentarse este miércoles en Comodoro Py para ser indagado en la causa por violencia de género contra Fabiola Yañez. La imputación es por “lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja”. Pero a horas de declarar, el ex presidente recusó al juez Julián Ercolini, quien que resolvió aguardar la decisión de la Cámara Federal antes de avanzar. Se fijó como nueva fecha el 19 de diciembre.
Cuatro meses después de que inició la investigación por la revelación de este diario sobre las supuestas golpizas, se citó a Fernández a prestar declaración indagatoria. La fiscalía le atribuyó tres delitos puntuales que concursados representan una pena de 3 a 18 años de prisión.
Sin embargo, el ex mandatario ganó tiempo y tras haber recusado al juez Ercolini, su indagatoria se postergó para el 19 de diciembre, a la espera de que la Cámara Federal porteña confirme al magistrado -una vez más-, al frente del expediente.
En un escrito de 35 páginas, la abogada de Fernández acusa al juez de ser “el denunciante e investigador”. La causa inició tras detectar los chats entre Fabiola Yañez y María Cantero, esta última investigada en la causa Seguros. Cuando la denuncia penal se formalizó, la causa fue enviada a sorteo y recayó en el juzgado a cargo de Ercolini.
Como contó Clarín, la primera estrategia de la abogada defensora Silvina Carreira fue pedir la incompetencia de Comodoro Py en la intervención del caso.
En el escrito presentado este lunes, la letrada sostuvo que por el tipo de delitos atribuidos tras la formulación de la imputación que figura en el llamado a indagatoria, la causa debería tramitar en el fuero Penal Contravencional de la Capital Federal, al entender que los hechos investigados se deben incluir “en las contravenciones de maltrato y hostigamiento del Código Contravencional de dicha jurisdicción”.
Después ingresó otro escrito al juzgado, a través del cual se volvió a recusar al juez que instruye el caso desde un comienzo. No es el primer intento de Alberto Fernández para apartar a Ercolini, quien ya fue confirmado frente a la investigación.
Sucede que la recusación es con suspensión de la audiencia que debía celebrarse este miércoles. A la espera de la confirmación del Tribunal de Alzada, el juez resolvió postergar la indagatoria por una semana.
La nueva imputación
Cuando se realizó la primera imputación, a Alberto Fernández le atribuyeron nueve hechos de violencia ocurridos entre 2016 y comienzos de este año. En función de los mismos se lo imputó por los delitos de lesiones leves y graves, doblemente agravado por el vínculo, abuso de poder y autoridad, y amenazas coactivas.
Con el devenir de la pesquisa, tras una gran cantidad de medidas de prueba impulsadas y las declaraciones testimoniales de una veintena de personas, el fiscal González consideró que eran tres los hechos atribuidos a Alberto Fernández.
“Habiendo efectuado un pormenorizado análisis de los hechos investigados y las probanzas recopiladas a lo largo del trámite del expediente, entiendo que las conductas desplegadas por Alberto Ángel Fernández, encuadran en los siguientes delitos: lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja”, detalla la acusación.
Asimismo, se acusó a Fernández por los delitos de lesiones leves agravadas por “haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja reiteradas en dos oportunidades; y amenazas coactivas”, principalmente para que Fabiola Yañez no radique la denuncia penal ante el juez Ercolini.
En el expediente penal hay constancia de fotos, videos aportados por la querella y la defensa; registros de la actividad oficial del presidente y de la entonces primera dama: actos, conferencias, viajes oficiales. “Se realizó un relevamiento de medios de donde se extrajeron otras tantas imágenes, videos y declaraciones públicas de utilidad para la investigación y se agregaron extensos informes psicológicos y psiquiátricos productos de entrevistas de profesionales con Fabiola Yáñez”.
El análisis de todas esas pruebas permitió al fiscal “acreditar que el ex presidente Fernández ejerció distintos tipos de violencia contra su pareja, prácticamente, desde el inicio de su relación. De acuerdo a las definiciones de la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer, se pudo detectar violencia psicológica, física y económica”.
Esos sucesivos actos de violencia, consideró Ramírez, ocurrieron durante “la particular relación asimétrica de poder con el agresor, por lo menos desde el año 2016 hasta que se formalizó la denuncia”.
La magnitud de la asimetría que se pudo verificar, amplió la fiscalía, “signó el vínculo desde sus inicios y, de alguna manera, fue determinante para la configuración de las distintas formas y tipos de violencia comprobados en la causa”.
Lo que señaló la acusación fiscal es que Alberto Fernández “ejerció de un modo sistemático violencia psicológica contra Fabiola Yáñez bajo las formas de acosos, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”.
Fuente: clarin.com