Abusó de su sobrina y la Justicia fue contundente: pese a su patología, sabía lo que hacía
¿Pensaba que su enfermedad lo iba a salvar? La Justicia confirmó que entendía lo que hacía y lo condenó. Conocé los detalles del fallo.
El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó la condena contra un hombre que abusó sexualmente de su sobrina de 13 años. A pesar de que padece una insuficiencia en sus facultades mentales, los jueces determinaron que comprendía la ilicitud de sus actos y que podía dirigir sus acciones.
El hecho ocurrió en un descampado a la vera de una ruta, en las afueras de una localidad pampeana. El imputado, quien estaba a cargo de la guarda de la menor, la llevó hasta ese lugar y, aprovechando que se encontraban solos, abusó de ella pese a su resistencia.
¿Qué resolvió el Tribunal de Impugnación Penal?
Las juezas María Antonella Marchisio y María Eugenia Schijvarger ratificaron la sentencia por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Sin embargo, redujeron la pena de 12 a 9 años de prisión, considerando que las características biopsicológicas del condenado impactan en su grado de culpabilidad.
La defensa, encabezada por el abogado Benjamín Ortiz, había solicitado la absolución por inimputabilidad. Argumentó que el hombre sufre trastornos psiquiátricos, epilepsia refractaria y posee certificado de discapacidad, por lo que no habría podido comprender sus actos.
¿Por qué la Justicia rechazó la inimputabilidad?
Los testimonios médicos presentados durante el debate indicaron que el acusado podía diferenciar entre el bien y el mal, y también dirigir sus acciones. El tribunal enumeró una docena de actos complejos que realizó antes, durante y después del abuso: buscar un lugar apartado, insistir ante la negativa de la víctima y pedirle que guardara silencio.
“Todo ello, aprovechando además el vínculo que tenía con la niña, su lugar de adulto con respecto a una persona de cuatro años y la familiaridad en el trato”, destacaron las magistradas en el fallo.
¿Qué pasó con los certificados médicos?
Los jueces desestimaron los certificados presentados por la defensa porque estaban fechados fuera del período en que ocurrió el hecho y sus firmantes no declararon en el juicio. Además, señalaron que no se demostró que el imputado hubiera sufrido una crisis neurológica al momento del delito, a pesar de la cronicidad de su padecimiento.