Abusó de una niña durante un año en Zapala: la Justicia le puso fecha de salida

La Justicia de Neuquén condenó a un hombre por abusar de una niña en Zapala. ¿Cuántos años le dieron y qué agravantes pesaron? Conocé los detalles del fallo.

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Abusó de una niña durante un año en Zapala: la Justicia le puso fecha de salida
Abusó de una niña durante un año en Zapala: la Justicia le puso fecha de salida

Un hombre fue condenado a 10 años y 4 meses de prisión efectiva por abusar sexualmente de una niña durante aproximadamente un año en Zapala. La fiscalía había pedido una pena mucho mayor, de 14 años y 6 meses.

El condenado, identificado como J.B.M., cometió los hechos entre 2016 y 2017, según quedó acreditado en el juicio. La fiscal del caso, Laura Pizzipaulo, afirmó que el hombre aprovechó la relación de autoridad, confianza y cuidado que tenía con la víctima, que en ese momento era una niña.

¿Qué argumentos tuvo en cuenta la fiscalía para pedir casi 15 años?

La representante del Ministerio Público Fiscal basó su pedido en las circunstancias agravantes del hecho y en la extensión del daño causado. Pizzipaulo señaló que correspondía valorar la reiteración de las conductas abusivas durante un período prolongado, la diferencia de edad entre el condenado y la víctima, y las consecuencias generadas por los abusos.

En este último punto, la fiscal destacó el impacto psicológico y físico acreditado durante el proceso, y subrayó que los abusos se cometieron en un contexto de violencia y temor, con amenazas de por medio.

La querella institucional, a cargo de la defensora de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, Natalia Díaz, acompañó el pedido de pena de la fiscalía.

La defensa pidió la pena mínima: ¿qué dijo el tribunal?

Por su parte, la defensa solicitó que se aplicara el mínimo de la escala penal, que es de 8 años de prisión, y cuestionó la valoración de los agravantes planteados por las acusaciones.

Al resolver, el Tribunal de Juicio consideró acreditados como agravantes la continuidad del delito, la asimetría entre el condenado y la víctima por la diferencia de edad, y la extensión del daño. En este último punto, el tribunal destacó el trauma que los abusos sexuales provocaron en la víctima.

Como atenuante, se tuvo en cuenta que el condenado no tenía antecedentes penales. Sin embargo, el tribunal no consideró como atenuante la falta de contacto posterior con la víctima, ya que entendió que eso estaba vinculado a las obligaciones legales existentes.

Finalmente, J.B.M. fue condenado a 10 años y 4 meses de prisión efectiva como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por el modo de realización, continuado y agravado por el vínculo.

¿Qué otras medidas se dispusieron?

Además de la pena, se ordenó que, una vez que la sentencia quede firme, el condenado sea incorporado al Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RiPeCoDIS).

A pedido del Ministerio Público Fiscal, se extendieron por 60 días las medidas cautelares de prohibición de acercamiento y contacto respecto de la víctima y su grupo familiar.

El Tribunal de Juicio estuvo integrado por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Ignacio Pombo y Diego Chavarría Ruiz.

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