Abuso sexual en Catamarca: la Corte rechazó el recurso y dejó firme la condena a 13 años

La Corte de Catamarca dejó firme la condena a 13 años de prisión por abuso sexual. ¿Qué argumentos usó la defensa para intentar revertir el fallo? Los detalles del caso que nadie contó.

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Abuso sexual en Catamarca: la Corte rechazó el recurso y dejó firme la condena a 13 años
Abuso sexual en Catamarca: la Corte rechazó el recurso y dejó firme la condena a 13 años

La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca dio un portazo a las aspiraciones de la defensa y confirmó la condena a 13 años de prisión para un hombre hallado culpable de abuso sexual por un jurado popular. El fallo, que ahora quedó firme, fue ratificado tras rechazar el recurso de casación presentado por los abogados del condenado.

El caso tuvo su origen en un debate oral donde un jurado popular emitió un veredicto unánime de culpabilidad. Tras esa instancia, el juez que dirigió el proceso fijó la pena en 13 años de prisión, más las accesorias legales y las costas del juicio.

¿Qué planteó la defensa?

La estrategia defensista fue múltiple. Pidieron la nulidad de la sentencia, la absolución del condenado o, en forma subsidiaria, que los hechos fueran encuadrados en una figura penal de menor gravedad. Incluso llegaron a solicitar que se realizara un nuevo juicio.

Entre los argumentos esgrimidos, sostuvieron que el veredicto se apartó de la prueba producida durante el debate. También cuestionaron la determinación del período en que ocurrieron los hechos y la valoración de testimonios y pericias psicológicas. Además, apuntaron contra la forma en que el juez ponderó las consecuencias de los hechos al momento de fijar la pena.

Los argumentos de la Corte

El máximo tribunal catamarqueño declaró admisible el recurso pero consideró que los agravios no demostraban que el veredicto del jurado hubiera sido arbitrario ni que se hubiera apartado manifiestamente de la prueba producida durante el juicio.

Los jueces recordaron que las condenas dictadas luego de un juicio por jurados no se revisan con los mismos parámetros que una sentencia dictada por un juez técnico. Mientras un juez profesional debe fundamentar expresamente su decisión, el jurado popular emite un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad, de acuerdo con su leal saber y entender, a partir de la prueba producida durante el debate y de las instrucciones jurídicas impartidas por el juez que dirige el juicio.

Por esa razón, la revisión de un veredicto del jurado tiene un alcance más acotado: no alcanza con expresar un desacuerdo con la valoración de la prueba o proponer una interpretación distinta de los hechos. Para que una condena pueda ser dejada sin efecto, debe demostrarse que el veredicto fue arbitrario o que se apartó manifiestamente de la prueba producida durante el juicio.

En este caso, la Corte entendió que la defensa reiteró cuestionamientos ya formulados durante el debate, sin identificar pruebas concretas que hubieran sido omitidas por el jurado ni elementos que permitieran concluir que el veredicto fue arbitrario.

El debate por la pena y las consecuencias psicológicas

Uno de los puntos más controvertidos fue la queja de la defensa sobre la pena. Sostuvieron que el juez había incrementado la pena al considerar las consecuencias psicológicas sufridas por las víctimas, pese a que el jurado no había tenido por acreditada la agravante de “grave daño en la salud”.

La Corte explicó que ambas cuestiones son diferentes. Señaló que el jurado entendió que no se había probado un daño con la entidad suficiente para configurar esa agravante prevista por la ley penal. Sin embargo, eso no impedía que el juez, al momento de fijar la pena, tuviera en cuenta que los hechos habían dejado consecuencias psicológicas en las víctimas, conforme a la prueba producida durante el juicio.

El Tribunal también consideró que el juez actuó correctamente al valorar que los hechos no habían sido un episodio aislado, sino que ocurrieron de manera reiterada durante un período de tiempo, ya que esa conclusión era compatible con el veredicto del jurado y con las instrucciones impartidas durante el debate.

Veredicto final

Por unanimidad, la Sala Penal declaró formalmente admisible el recurso de casación, pero rechazó los planteos de la defensa y confirmó íntegramente la sentencia condenatoria dictada en la instancia anterior.

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