Aceptó su culpa en un juicio abreviado y la Justicia pampeana tomó una decisión que marcará su futuro
¿Qué pidió la abogada de la víctima que el juez hizo constar en el fallo y que casi nunca se concede? La condena por abuso sexual continuado en La Pampa dejó una medida que busca que la víctima no quede sola durante la ejecución de la pena.
Un hombre fue condenado a seis años de prisión efectiva en La Pampa tras ser hallado culpable de rapto con fines sexuales y abuso sexual con acceso carnal. La sentencia la dictó el juez Andrés Aníbal Olié, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado entre las partes.
El caso tuvo una particularidad que agravó la calificación: el ataque se produjo como un delito continuado, con uso de violencia y aprovechando la imposibilidad de la víctima para consentir el acto. Esa combinación fue la que llevó a la Justicia a encuadrar los hechos no solo en el Código Penal, sino también en las Leyes Nacionales Nº 26.485, de Protección Integral a las Mujeres, y Nº 26.378.
El reconocimiento del imputado
Al aceptar el mecanismo del juicio abreviado, el imputado reconoció expresamente su autoría material y su responsabilidad penal en los hechos. Esa admisión fue clave para que el magistrado homologara el acuerdo y dictara la sentencia oral condenatoria N.º 40/2026.
El fallo no se limitó a la pena de prisión. El juez Olié ordenó que, una vez que la condena quede firme, el nombre del condenado sea incorporado de inmediato al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por Delitos contra la Integridad Sexual. La medida apunta a que su identidad quede asentada en el sistema provincial de manera permanente.
El pedido de la víctima que quedó en la sentencia
La resolución también dejó constancia expresa de un planteo de la representante legal de la víctima. La abogada solicitó ser notificada sobre cualquier posible salida transitoria, libertad condicional o beneficio penitenciario que el condenado pudiera pedir en el futuro. El objetivo es garantizar el derecho de la víctima a ser informada y escuchada durante toda la ejecución de la pena.
Con esta condena, la Justicia pampeana cerró un expediente que incluyó violencia de género y una víctima en situación de vulnerabilidad, dos agravantes que el tribunal tuvo en cuenta al momento de fijar la pena y las medidas posteriores.