Adiós al papel: la Legislatura de Corrientes da el salto a la firma digital
¿Sabías que la firma digital ya llegó a la Legislatura? Conocé cómo este cambio agiliza la sanción de leyes y qué beneficios trae para los ciudadanos.
La Legislatura de Corrientes dio un paso clave hacia la modernización: diputados y senadores ya pueden firmar digitalmente para agilizar el tratamiento de leyes.
Los presidentes de ambas cámaras, Pedro Braillard Poccard (Senadores) y Eduardo Tassano (Diputados), fueron los primeros en realizar el trámite de inscripción, en un acto realizado en el Salón de Acuerdos del Poder Legislativo.
La iniciativa contó con la presencia de Juan Francisco Bosco, presidente del Instituto de Modernización e Innovación (IMI) de la provincia, y busca reducir la burocracia y acercar el Estado a los ciudadanos.
¿Qué implica la firma digital?
A diferencia de un simple escaneo de la rúbrica, la firma digital es verificable por terceros y detecta cualquier alteración posterior del documento, según establece la ley 25.506.
Este instrumento ofrece tres garantías fundamentales: la autoría (se presume que la firma pertenece al titular del certificado), la integridad (si el documento se modifica, la firma se invalida) y el no repudio (el firmante no puede negar haber firmado).
“Cada documento lleva una huella digital única (hash SHA-256). Si se cambia una coma después de firmado, el sistema lo detecta al instante”, explicaron desde el IMI.
Reacciones de las autoridades
Eduardo Tassano destacó que “estamos acercando la legislatura a los vecinos para agilizar el trámite parlamentario que culmina en nuevas leyes para los correntinos”. Además, señaló que la firma digital aporta “eficiencia legislativa, transparencia, sustentabilidad con cero papel e innovación institucional”.
Por su parte, el vicegobernador Pedro Braillard Poccard ponderó el paso como vital para dar “respuestas más rápidas a demandas de la sociedad”.
Juan Francisco Bosco, presidente del IMI, celebró: “La firma digital llegó a la Legislatura. Hoy damos un nuevo paso en la modernización del Estado”.
Marco normativo
La firma digital tiene 25 años de respaldo legal en Argentina. Todo comenzó con la ley 25.506 en 2001, que la creó a nivel nacional. En 2009, Corrientes adhirió mediante la ley 5878, reglamentada en 2018 por decreto 1255/2018. En 2026 se creó el IMI, que actúa como autoridad de registro provincial desde el 5 de mayo de ese año.
Desde el organismo provincial aclaran que “quien impugna una firma digital debe probar técnicamente que el sistema fue vulnerado. No alcanza con decir no firmé esto”.
Firma electrónica vs. firma digital
Es importante no confundirlas: la firma electrónica no tiene certificado, no garantiza autenticidad y la carga de prueba recae en quien la invoca. En cambio, la firma digital posee certificado emitido por autoridad certificante, es matemáticamente verificable y la carga de prueba recae en quien la impugna.
En palabras simples: “escanear una firma es sacarle una foto; firmar digitalmente es sellarlo con un mecanismo que se puede verificar matemáticamente”.
Beneficios para el ciudadano
La despapelización trae ventajas concretas: tramitación simultánea entre organismos (sin esperar que el papel viaje de oficina en oficina), seguimiento en tiempo real del estado del trámite, búsqueda automática de información y trazabilidad total (se sabe quién firmó, cuándo y desde dónde).
Además, “el documento digital firmado es el original. Una impresión de este documento es solo una copia, sin las garantías técnicas del archivo digital”.
Con esta medida, la Legislatura correntina se suma a la ola de modernización estatal que impulsa el Poder Ejecutivo Provincial, con la mira puesta en un Estado más ágil, simple y eficiente.