Advertencia a comercios de Chubut: no firmes nada por este adicional sin consultar
La Federación Empresaria del Chubut salió a frenar en seco las intimaciones que piden pagar un adicional por zona más alto del que fija el convenio. La advertencia a los comercios y el paso que dieron ante la Secretaría de Trabajo.
La Federación Empresaria del Chubut (FECh) salió a poner paños fríos en medio de un conflicto que puede golpear directo en la caja de los comercios de la provincia. La entidad recomendó a los empleadores no suscribir acuerdos ni reconocer diferencias salariales sin asesoramiento previo, en un contexto donde empezaron a circular intimaciones e inspecciones que reclaman un adicional por zona desfavorable superior al 20% que fija el convenio colectivo.
Ante ese escenario, la Federación presentó una presentación formal ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia. El objetivo: frenar cualquier interpretación que amplíe por vía administrativa lo que, según su lectura, solo puede modificarse en la mesa paritaria.
Qué dicen las actuaciones que encendieron la alarma
Según la FECh, tomó conocimiento de actuaciones en las que se estaría requiriendo a determinados comercios el pago de un adicional por encima de lo fijado en el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75. Ese artículo establece el adicional por zona desfavorable con un tope del 20%.
La posición de la entidad es clara: una modificación de ese alcance no puede establecerse mediante interpretaciones administrativas ni acuerdos sin la intervención de las representaciones legitimadas para negociar. En ese marco, la FECh consultó con las entidades empresarias nacionales que participan de la negociación del convenio y aclaró que nunca prestó conformidad para incrementar dicho adicional.
El antecedente de 2007 y 2008 que la FECh quiere despejar
La Federación también se refirió a los acuerdos celebrados en el ámbito provincial durante 2007 y 2008. Según su explicación, aquellas actuaciones contemplaron sumas transitorias, de carácter fijo y no remunerativo, y no deben interpretarse como una aceptación de una modificación permanente del porcentaje.
En ese sentido, la entidad remarcó que los eventuales acuerdos particulares que hayan celebrado determinados empleadores no modifican con carácter general las condiciones del convenio ni resultan automáticamente extensibles al resto de los comercios de la provincia.
Un convenio de alcance nacional
El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 es un instrumento de alcance nacional. Sus negociaciones paritarias se desarrollan con la participación de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).
Con ese respaldo, la FECh insiste en que cualquier cambio en el adicional por zona debe pasar por las instancias formales de negociación y no por acuerdos individuales o requerimientos administrativos aislados.