AMIA: el jueves se define si los 10 acusados iraníes pueden ser juzgados sin estar presentes

Un defensor oficial apeló el mecanismo que permitiría juzgar sin los imputados presentes. Este jueves, la Cámara Federal de Casación Penal escuchará los argumentos y podría destrabar el primer juicio en ausencia de la historia argentina. ¿Qué decidirán los jueces?

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AMIA: el jueves se define si los 10 acusados iraníes pueden ser juzgados sin estar presentes
AMIA: el jueves se define si los 10 acusados iraníes pueden ser juzgados sin estar presentes

La Cámara Federal de Casación Penal escuchará este jueves los argumentos de las partes para resolver si los diez ciudadanos iraníes y libaneses acusados por el atentado a la AMIA pueden ser juzgados en ausencia. Si el mecanismo avanza, será el primer juicio oral de este tipo en la Argentina.

El tribunal deberá confirmar o rechazar la herramienta habilitada el año pasado, que fue apelada por la defensa oficial. La decisión quedará en manos de los jueces Diego Barroetaveña, Ángela Ledesma y Carlos Mahiques.

Se espera que la querella y la fiscalía ante Casación, a cargo de Raúl Pleé, presenten sus argumentos por escrito. La defensa oficial, en cambio, se opondrá al mecanismo.

Quiénes son los acusados

La lista la integran Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Ahmad Reza Asghari, Mohsen Rabbani, Salman Rauf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Ninguno se presentó ante la Justicia argentina y todos fueron declarados en rebeldía.

Varios de ellos ocupaban cargos de primer nivel en Irán al momento del ataque: Velayati era canciller, Rezai comandaba el Cuerpo de la Guardia Revolucionaria, Vahidi estaba al frente de la fuerza de elite Al Quds, Rabbani era consejero cultural de la embajada iraní en Buenos Aires, Asghari se desempeñaba como tercer secretario de esa representación y Soleimanpour era embajador.

El atentado que marcó al país

El 18 de julio de 1994, un coche bomba destruyó la sede de la mutual judía en Pasteur 633. El atentado causó 85 muertos y centenares de heridos. La Justicia argentina lo declaró delito de lesa humanidad e imprescriptible.

Cómo llegó el caso a Casación

La Ley 27.784, sancionada en febrero de 2025, limita el juicio en ausencia a causas de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, agresión o instrumentos internacionales contra el terrorismo.

El 26 de junio de 2025, el juez federal Daniel Rafecas aceptó los pedidos de familiares y de la fiscalía y ordenó el juicio en ausencia. La Cámara Federal porteña confirmó esa decisión en octubre. El defensor oficial Hernán Silva apeló y el expediente quedó en Casación.

La defensa sostiene que la norma vulnera garantías porque impediría a los acusados pedir un nuevo juicio si en el futuro se presentaran o fueran detenidos. También afirmó que el mecanismo podría afectar la investigación y limitar el análisis de otras hipótesis.

El reclamo cobró fuerza en el acto del 18 de julio pasado. El presidente de la AMIA, Osvaldo Armoza, pidió a Casación una definición urgente para destrabar la causa. En paralelo, la Cámara Federal porteña ordenó avanzar con los pasos necesarios para la elevación a juicio, y Rafecas armó un equipo especial para el procesamiento de los prófugos.

Javier Milei en el acto de la AMIA. REUTERS/Mariana Nedelcu

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