Andino pidió declarar por Zoom y la jueza le contestó con una fecha en el calendario

Su defensa pidió que declarara por videollamada, citó los acuerdos de la pandemia y hasta suspendió la primera audiencia. La jueza Mónica Lucero respondió con una sola palabra: presencialidad. Qué pasará el 10 de noviembre.

· 2 min de lectura
Andino pidió declarar por Zoom y la jueza le contestó con una fecha en el calendario
Andino pidió declarar por Zoom y la jueza le contestó con una fecha en el calendario

El diputado nacional Cristian Andino tendrá que sentarse en la sala. La jueza Mónica Lucero rechazó el planteo de su defensa para que el legislador declarara por videollamada y confirmó que deberá estar físicamente presente en la audiencia de formalización del 10 de noviembre de 2026, en el marco de la causa Acueducto.

La resolución no es un detalle menor: el fuero penal sanjuanino volvió a poner sobre la mesa dónde están los límites de la virtualidad en los procesos judiciales, incluso después de los años en que la pandemia normalizó las conexiones remotas.

Los recursos que no prosperaron

La defensa de Andino había presentado a mediados de octubre recursos de revocatoria, nulidad y apelación en subsidio. El argumento central: sus obligaciones parlamentarias fuera de San Juan le impedían trasladarse, y la Justicia ya le había dicho que no a la modalidad remota.

Ese rechazo inicial derivó en la suspensión de la primera audiencia, a la que el diputado no se presentó de forma presencial. La diligencia debió reprogramarse y quedó fijada para el 10 de noviembre.

El derecho de defensa, en discusión

En el debate, los abogados del legislador sostuvieron que la negativa a la virtualidad carecía de fundamentación actual y que afectaba el derecho de defensa. Para respaldarse citaron los acuerdos dictados durante la emergencia sanitaria, que habilitaban el uso de herramientas informáticas.

Del otro lado, la Fiscalía de Estado, la Unidad Fiscal de Delitos Especiales y la querella pidieron que los planteos se rechazaran. Su postura: la participación remota es excepcional y justificar una incomparecencia no otorga automáticamente el derecho a conectarse por videollamada.

La presencialidad como regla

Al resolver, Lucero remarcó que la presencia física es la regla ordinaria del sistema procesal penal, porque es la que garantiza los principios de oralidad, inmediación y contradicción.

También señaló que las herramientas aprobadas por la Corte de Justicia durante la emergencia del COVID-19 respondieron a un contexto extraordinario ya superado, y que no hay motivos para extenderlas como norma general.

Con esos argumentos, el tribunal desestimó la nulidad, declaró inadmisible la apelación subsidiaria y dejó firme que Andino deberá comparecer en persona el 10 de noviembre.

Más para leer

El dato de Lula que el peronismo debería copiar, según un politólogo sanjuanino
Política
Ibarra habló del acueductogate y lanzó una frase que incomoda a más de uno
Política
El asado del PJ que dejó al descubierto la interna: quién faltó y quién incomodó
Política
El homenaje a Kirchner que dejó al descubierto quién manda y quién falta en el PJ
Política
Peluc habló de "cuidar" a Orrego y dejó una frase que sacude la interna libertaria
Política
Lo que Gioja hizo apenas se conoció la muerte de Kirchner: la reacción que quedó en la memoria
Política