ANSES actualiza la Prestación por Desempleo: los nuevos montos que empiezan a regir en agosto

¿Sabés cuánto vas a cobrar si te despidieron? ANSES ya actualizó la Prestación por Desempleo con nuevos pisos y topes. Enterate de los montos, los requisitos y cómo hacer el trámite antes de que se te acabe el plazo.

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ANSES actualiza la Prestación por Desempleo: los nuevos montos que empiezan a regir en agosto
ANSES actualiza la Prestación por Desempleo: los nuevos montos que empiezan a regir en agosto

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ajustó las escalas de la Prestación por Desempleo a partir del 1 de agosto de 2026, en línea con el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) de $376.600. El piso de cobro ahora alcanza los $188.300, mientras que el tope máximo llega a $376.600. Esta modificación impacta directamente en los bolsillos de los trabajadores despedidos sin justa causa.

La actualización responde a la Resolución 9/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que fijó el nuevo SMVM. Con este cambio, las bandas de contención económica se ajustan para acompañar el reordenamiento de los ingresos laborales y de la seguridad social.

¿Cuánto se cobra y cómo se calcula?

El monto que recibe cada beneficiario se determina tomando el 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos seis meses de trabajo formal. Sin embargo, la ley establece límites: el piso equivale al 50% del SMVM ($188.300) y el techo al 100% ($376.600).

Es clave entender que ANSES paga a mes vencido. Por eso, los depósitos de agosto corresponden al período de julio, que se liquidó con los topes anteriores: $186.200 como mínimo y $372.400 como máximo. Recién en la liquidación del ciclo siguiente se verán reflejados los nuevos importes.

¿Quiénes pueden acceder a la cobertura?

Para obtener el beneficio, los trabajadores bajo la Ley de Contrato de Trabajo deben acreditar una trayectoria de aportes. Los requisitos varían según la modalidad:

Empleados permanentes: necesitan al menos seis meses de aportes continuos o discontinuos, con contribuciones patronales dentro de los tres años previos al despido.

Trabajadores eventuales o de temporada: deben haber prestado servicios más de 90 días en el último año antes de la finalización del contrato.

La causal habilitante es el despido sin justa causa, el vencimiento del contrato o la quiebra de la empresa. Queda excluida la renuncia voluntaria.

¿Cómo realizar el trámite?

La solicitud se puede iniciar de forma remota a través de la plataforma Mi ANSES o de manera presencial en las Unidades de Atención Integral (UDAI) con turno previo. En ambos casos, se debe presentar el DNI y el documento que acredite la desvinculación laboral, como telegrama de despido, carta documento o copia del contrato vencido.

El plazo es perentorio: hay 90 días hábiles desde la fecha de despido para gestionar la prestación. Si se supera ese lapso, ANSES descuenta un día de cobro por cada jornada hábil de demora, lo que reduce el período total de cobertura.

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