Apuñaló a su ex en el corazón y la condena era perpetua: por qué la justicia anuló todo
El femicidio de Mabel Mena parecía cerrado con perpetua para Jorge Linco, pero el Tribunal de Impugnación anuló la sentencia y ordenó un nuevo juicio. El fallo apuntó contra dos veredictos contradictorios y un jurado que, tras la lectura, pidió "esperen".
El Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló la prisión perpetua que pesaba sobre Jorge Octavio Linco por el femicidio de Corina Mabel Mena, su ex pareja y portera de una escuela de Junín de los Andes. La decisión, adoptada este martes por los jueces Richard Trincheri y Estefanía Sauli y la jueza Patricia Lupica Cristo, ordena que el caso vuelva a juicio desde cero.
La Sala hizo lugar a la impugnación de la defensa, que denunció graves lesiones al debido proceso. El tribunal observó que existieron dos veredictos contradictorios y defectuosos durante el juicio por jurados.
Linco continuará detenido con prisión preventiva mientras se define el nuevo escenario judicial. Este miércoles se fijará el vencimiento de la medida.
El primer veredicto que lo complicó todo
El eje del conflicto estuvo en la última jornada del juicio, realizada el 6 de septiembre. El primer veredicto leído por el presidente del jurado contenía respuestas que se contradecían entre sí: declaraba a Linco culpable por el homicidio agravado por el vínculo con 12 votos, culpable por el agravante de violencia de género con 9 votos, y “no culpable por imputabilidad” con 12 votos.
La misma contradicción apareció en el tramo por lesiones leves a M.D.G.T. que se incluyó en el debate.
Para el Tribunal de Impugnación, ese primer pronunciamiento era “totalmente defectuoso”: no cumplía con la exigencia legal de que el jurado establezca si el acusado es culpable o no culpable. No podía ser considerada culpable y no culpable al mismo tiempo.
La defensa, en cambio, sostenía que ese primer veredicto era válido y que implicaba una absolución por inimputabilidad. Durante todo el juicio había argumentado que Linco padecía un deterioro cognitivo crónico producto del alcoholismo, que le impedía comprender la ilicitud de sus actos en el momento del crimen.
El intercambio que selló la nulidad
Después de la lectura del primer veredicto, el juez Juan Pablo Balderrama dio por terminado el trabajo del jurado y lo desafectó. Pero antes de que los integrantes se retiraran de la sala se produjo un intercambio entre tres de ellos: al revelar su voto contradictorio, expresaron algo relacionado con “no entendí” y pidieron “esperen”.
A partir de las imágenes de la audiencia, el Tribunal de Impugnación constató que esos tres jurados se dirigieron a los acusadores y que sus expresiones estaban vinculadas al veredicto que acababa de pronunciar el presidente del cuerpo. Las partes coincidieron en que el intercambio existió, aunque mantuvieron diferencias sobre si hubo o no interferencia.
La sentencia también cuestionó las dimensiones reducidas de la sala: prácticamente no dejaban distancia entre los jurados, los acusadores y los familiares de la víctima. Advirtió que los familiares de Mena estaban detrás de los acusadores y a pocos centímetros del jurado.
El segundo veredicto y la falta de imparcialidad
Tras el intercambio, Balderrama dispuso que el jurado permaneciera aislado y, después de un cuarto intermedio, impartió una nueva instrucción sobre la inimputabilidad. El jurado volvió a deliberar durante aproximadamente dos horas y emitió un segundo veredicto: culpable por el homicidio agravado por el vínculo, con 12 votos; culpable por el agravante de violencia de género, con 9 votos; y culpable por las lesiones leves, también con 12 votos.
Ese segundo pronunciamiento fue el que derivó en la condena a prisión perpetua. Pero el Tribunal de Impugnación consideró que el procedimiento no podía sostenerse: después del contacto entre los jurados y las partes acusadoras ya no existían garantías suficientes para asegurar que una nueva deliberación produjera un pronunciamiento imparcial.
Por eso la nulidad alcanza tanto la instrucción suplementaria dispuesta por Balderrama como todo lo ocurrido después, incluido el segundo veredicto.
Qué cuestionó el Tribunal sobre las explicaciones del juez
Aunque la impugnación fue presentada por la defensa del femicida, el giro judicial no significa que Linco haya quedado absuelto. El Tribunal rechazó expresamente el planteo que buscaba recuperar el primer veredicto como una absolución: para los jueces, aquel pronunciamiento tampoco era válido, era defectuoso y no podía considerarse ni una condena ni una absolución.
La Sala explicó que Balderrama tuvo oportunidades para corregir las inconsistencias del primer pronunciamiento antes de que el jurado quedara afectado por lo ocurrido en la sala. Como no las aprovechó, cuando finalmente decidió intervenir ya era tarde para obtener un veredicto imparcial del mismo jurado.
La sentencia también puso el foco en las instrucciones sobre la inimputabilidad. Según el Tribunal, la explicación oral del juez fue demasiado compleja y no incluyó una síntesis clara que permitiera comprobar que los jurados habían comprendido el concepto. Además, se repitió al abordar tanto el homicidio como las lesiones, lo que podía generar confusión sobre cómo debía aplicarse.
También se cuestionó la manera en que se explicó el llenado de los formularios. El Tribunal señaló que debía quedar claro que las opciones eran excluyentes: culpabilidad, no culpabilidad o no culpabilidad por inimputabilidad. Esa aclaración, según la sentencia, no fue realizada de manera suficiente.
Un nuevo juicio desde cero
Con todos estos elementos, el Tribunal de Impugnación anuló la sentencia condenatoria y ordenó que el proceso vuelva a la Oficina Judicial de Junín de los Andes. El próximo paso será una nueva audiencia de selección de jurados y un nuevo juicio por el femicidio de Mabel Mena, que deberá ser dirigido por un juez profesional distinto de Juan Pablo Balderrama.
La resolución fue adoptada por unanimidad. La Sala dispuso que no se impongan costas y realizó una serie de recomendaciones al Poder Judicial sobre la organización de futuros juicios por jurados, entre ellas el correcto resguardo de las grabaciones y formularios utilizados durante las deliberaciones, y la utilización de un espacio adecuado.
El fallo también registró la gran movilización de la comunidad en el pedido de justicia por Mabel, así como durante el proceso en torno a la prisión preventiva del acusado.
De esta manera, el caso por el femicidio de Mabel Mena volverá a juicio: la condena a prisión perpetua quedó anulada, pero tampoco quedó vigente el primer veredicto. La causa deberá resolverse nuevamente ante un jurado distinto y bajo la conducción de otro juez.