ARCA: desde agosto, estos son los montos de transferencias que no generan alertas
¿Sabías que desde agosto ARCA subió los montos para informar transferencias? Enterate cuánto podés mover sin generar alertas y qué documentos conviene guardar.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar las transferencias de sus clientes. La medida, vigente desde agosto, elevó el umbral a $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas.
Este cambio implica que los movimientos por debajo de esos valores no serán reportados automáticamente al organismo, lo que brinda mayor margen para operar sin despertar sospechas. Sin embargo, superar esos montos no significa caer en problemas automáticos: se trata de un régimen informativo, no de una sanción inmediata.
¿Cuánto dinero se puede transferir sin problemas?
Desde agosto, los montos a partir de los cuales las entidades deben informar transferencias y acreditaciones son:
- Personas físicas: desde $50.000.000.
- Personas jurídicas: desde $30.000.000.
Para las personas humanas, el salto es notable: antes el límite era de $2.000.000. Ahora, una transferencia menor a $50 millones no queda alcanzada por este régimen específico, aunque los bancos pueden aplicar sus propios controles sobre el origen de los fondos.
¿Qué pasa si una transferencia supera los $50 millones?
Superar el monto no implica automáticamente una inspección. El banco o la billetera deberá reportar la operación, y ARCA podrá cruzarla con otras declaraciones juradas, facturación electrónica, ingresos registrados, bienes declarados y movimientos financieros anteriores. Si la operación es consistente con la capacidad económica declarada, no habrá requerimientos adicionales. Pero si hay diferencias relevantes, el organismo puede solicitar documentación que justifique el origen del dinero.
¿Cómo operan las billeteras virtuales?
Las billeteras virtuales, como Mercado Pago o Modo, también deben informar transferencias y acreditaciones que superen los $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas. Esto incluye operaciones con cuentas virtuales (CVU). El criterio de ARCA es el mismo para bancos y plataformas digitales.
Otros movimientos que se informan
La actualización también modificó los límites para otros movimientos:
- Extracciones de efectivo: desde $10.000.000 para ambos tipos de contribuyentes.
- Saldos bancarios: desde $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
- Plazos fijos: desde $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
- Inversiones en sociedades de bolsa: desde $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
¿Qué documentación puede pedir ARCA?
Si el organismo detecta inconsistencias, puede requerir facturas, recibos de honorarios, boletos de compraventa, contratos de préstamo, certificaciones contables o documentación bancaria. Por ejemplo, una transferencia alta por la venta de una propiedad se justifica con el boleto de compraventa.