ARCA movió la fecha que define quiénes pagan menos: el nuevo plazo para los monotributistas
Un monotributista esperaba la definición de ARCA para saber cuánto y en cuántas cuotas podía regularizar sus deudas. La respuesta, esta vez, no llegó en septiembre: el organismo movió la fecha y hay un motivo que la explica.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) corrió hasta el 23 de octubre de 2026 la caracterización de "Pequeño Contribuyente", el paso que define quiénes pueden entrar al régimen permanente de facilidades de pago y regularizar deudas impositivas y previsionales con cuotas accesibles.
La medida quedó formalizada en la Resolución General 5902/2026, publicada en el Boletín Oficial. La definición se venía resolviendo de manera automática durante el anteúltimo día hábil de septiembre. Este año, en cambio, el calendario se estiró hasta fines de octubre.
Por qué se postergó la definición
Según el organismo, el corrimiento responde a la necesidad de contar con información actualizada antes de caracterizar a los contribuyentes. El motivo puntual: también se extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2025, y ARCA necesita cargar esos datos en el sistema antes de resolver quiénes reúnen las condiciones.
Quiénes entran como "Pequeño Contribuyente"
La categorización no es un detalle menor: de ella dependen las condiciones del plan de facilidades. El porcentaje que debe abonarse como pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas disponibles se determinan, entre otros factores, por el tipo de contribuyente y su perfil de cumplimiento.
Para quedar encuadrado como "Pequeño Contribuyente", el contribuyente debe figurar en el Sistema Registral con el código 547 al momento de adherir al plan. Además, los ingresos registrados no pueden superar el límite de la categoría K del Monotributo vigente a diciembre del año anterior.
Quienes están alcanzados por Ganancias o Bienes Personales tienen que haber presentado la declaración jurada correspondiente y contar con una CUIT activa y sin limitaciones. La evaluación se hace con la información fiscal del año calendario anterior: para los monotributistas se toman los datos del régimen y, para el resto, las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales.
Qué se puede financiar
El régimen permanente permite financiar deudas impositivas, aduaneras y vinculadas con los recursos de la seguridad social, junto con sus intereses y determinadas multas.
La normativa distingue condiciones según el tipo de contribuyente. Además de los pequeños contribuyentes, el esquema contempla a las MiPyME de los Tramos 1 y 2 que cuenten con certificado vigente, a las entidades sin fines de lucro y al grupo denominado "demás contribuyentes".