Atención contribuyentes: los días exactos para pagar el Inmobiliario Urbano de ATER en agosto

¿Sabés cuándo vence la cuota del Inmobiliario Urbano? ATER confirmó las fechas según la terminación del dominio. Enterate cómo pagar y qué significa el Fondo Escolar.

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Atención contribuyentes: los días exactos para pagar el Inmobiliario Urbano de ATER en agosto
Atención contribuyentes: los días exactos para pagar el Inmobiliario Urbano de ATER en agosto

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) confirmó las fechas límite para abonar la cuarta cuota del Impuesto Inmobiliario Urbano, correspondiente a quienes eligieron el pago prorrateado. El cronograma divide a los contribuyentes según la terminación del dominio, una modalidad que busca ordenar el calendario de pagos.

Según informó el organismo, el martes 18 de agosto vence el plazo para los dominios cuyo último dígito finaliza entre 0 y 4. En tanto, el miércoles 19 de agosto será el turno de aquellos que terminan en 5, 6, 7, 8 o 9. Esta agenda fue pensada para distribuir las obligaciones tributarias a lo largo del año y facilitar su cumplimiento.

¿Qué significa el Fondo de Mantenimiento Edilicio en la boleta?

Desde ATER aclararon que la especificación "Fondo de Mantenimiento Edilicio de Edificios Escolares" que figura en la boleta no constituye un tributo adicional ni implica aumento del impuesto. Se trata de una porción del monto ya incluido en el Inmobiliario Urbano que ahora se asigna de manera específica a obras de infraestructura escolar y servicios públicos esenciales.

Las boletas se emiten en formato digital y están disponibles las 24 horas en el sitio oficial de ATER. Quienes deseen recibir avisos por correo electrónico pueden adherirse al servicio de Boleta Digital. Para consultas, están habilitados el correo [email protected], la web www.ater.gob.ar o la línea telefónica 0810-888-2837, de lunes a viernes de 8 a 13.

¿Dónde y cómo se puede pagar?

El pago presencial se puede realizar en sucursales de Plus Pagos Servicios presentando únicamente DNI, número de partida, dominio o CUIT, sin necesidad de llevar la boleta impresa. También se puede abonar mediante código QR desde billeteras virtuales, home banking, débito automático y otros medios electrónicos habilitados en www.ater.gob.ar.

Para conocer el resto de los vencimientos de agosto, los contribuyentes pueden consultar el calendario completo en el sitio oficial del organismo.

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