Bonos truchos en la Obra Social Provincia: el método que usaban tres profesionales para cobrar
La Justicia confirmó las penas para los tres acusados, pero la causa no termina ahí: la investigación sigue sumando expedientes y damnificados.
Una denuncia de la Obra Social Provincia destapó una maniobra que terminó con tres profesionales de la salud condenados por defraudación a la Administración Pública. La causa, investigada por la UFI del Norte, reveló que los acusados cobraron por consultas y prácticas que los afiliados aseguran no haber realizado ni firmado.
El caso comenzó el 12 de agosto de 2025, cuando representantes de la obra social radicaron una denuncia ante la Justicia. Detectaron expedientes administrativos con bonos de prestaciones médicas que, según los afiliados, nunca se hicieron y cuyas firmas desconocían.
Uno de los damnificados notó la irregularidad al revisar la aplicación digital CIDI, donde figuraban prestaciones que no reconocía. Esa alerta inicial llevó a los investigadores a encontrar a otros afiliados en la misma situación.
¿Cómo obtenían los bonos?
Según la información reunida por la Fiscalía, el sistema DOS permitía extraer bonos sin necesidad de presentar el carnet físico del afiliado. Para los investigadores, esa posibilidad habría facilitado la maniobra.
Además, se determinó que los bonos cuestionados fueron facturados y posteriormente abonados a los profesionales involucrados. Los testimonios de los afiliados fueron clave: varios negaron haber realizado las consultas o prácticas consignadas y desconocían las firmas en los comprobantes.
Con la prueba reunida, las partes acordaron un juicio abreviado que terminó con condenas para tres de los investigados.
Las condenas
Pablo Daniel Olivares, licenciado bioquímico, recibió una pena de 2 años de prisión condicional. Se le atribuyeron 10 hechos vinculados con bonos cuestionados.
El médico Eduardo Octavio Leaniz fue condenado a 2 años y 3 meses de prisión condicional, tras contabilizarse 18 hechos o bonos.
El médico Carlos Fernando Aguero recibió la pena más elevada: 2 años y 5 meses de prisión condicional, por 26 hechos vinculados con bonos.
En todos los casos, las condenas fueron impuestas como coautores penalmente responsables del delito de defraudación a la Administración Pública, previsto en el artículo 174, inciso 5, del Código Penal. Además, los tres deberán quedar bajo el control del Patronato durante dos años, como parte de las reglas de conducta establecidas.
Sobreseimiento para una cuarta profesional
La investigación también había alcanzado a Natalia Gimena Mateos, licenciada en kinesiología y vinculada a la clínica donde se habrían producido los hechos. Sin embargo, no se encontraron elementos de convicción suficientes para vincularla con las maniobras, por lo que la Justicia dispuso su sobreseimiento por falta de participación en el delito, conforme al artículo 356, inciso 3, del Código Procesal Penal.
La causa no se limitó al primer expediente detectado. A partir de las primeras actuaciones se realizaron ampliaciones de denuncia y se incorporaron nuevos expedientes y damnificados, lo que llevó a la Fiscalía a solicitar una ampliación del objeto de investigación.
La cantidad de bonos atribuidos a cada profesional fue uno de los elementos considerados para establecer las penas acordadas en el juicio abreviado. Así, una alerta de un afiliado al revisar sus datos en una aplicación digital terminó destapando decenas de prestaciones médicas cuestionadas, bonos facturados y pagos realizados a profesionales.