Cambio clave en la Justicia de Neuquén: así se elegirá al presidente del TSJ

¿Sabías que la elección del presidente del TSJ de Neuquén podía quedar trabada? La Legislatura aprobó una reforma clave que lo cambia todo. Enterate cómo funcionará el nuevo mecanismo.

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Cambio clave en la Justicia de Neuquén: así se elegirá al presidente del TSJ
Cambio clave en la Justicia de Neuquén: así se elegirá al presidente del TSJ

La Legislatura de Neuquén dio luz verde a una reforma que modifica el mecanismo de elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia. El objetivo: evitar bloqueos y garantizar que el máximo órgano judicial tenga siempre una conducción formal.

La nueva ley, impulsada por el bloque Juntos por el Cambio Neuquén-UCR, establece que la designación podrá resolverse por mayoría simple de los integrantes del propio Tribunal. Esto significa que ya no hará falta una unanimidad que muchas veces resultaba difícil de alcanzar.

¿Qué cambia con la mayoría simple?

Hasta ahora, la elección del presidente del TSJ requería un acuerdo más amplio entre sus miembros, lo que podía generar demoras o incluso interinatos prolongados. Con la reforma, bastará con que la mayoría de los vocales se ponga de acuerdo para que la designación quede firme.

El sistema mantiene la rotación anual que establece la Constitución provincial, pero agrega una regla clara para destrabar la elección. La iniciativa modifica el artículo 36 de la Ley 1436, con las reformas de la Ley 3410, y reglamenta el artículo 239 de la Carta Magna neuquina.

La medida toma como espejo el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde el presidente también es elegido por mayoría de sus ministros. En el caso local, se adapta a la obligación de alternar la presidencia cada año.

¿Qué funciones cumple el presidente del TSJ?

El presidente del Tribunal Superior de Justicia no solo representa legalmente al cuerpo, sino que también tiene a cargo funciones institucionales, administrativas y presupuestarias. Por eso, contar con una autoridad formalmente designada es clave para el funcionamiento diario del Poder Judicial.

Este cambio fortalece el autogobierno judicial: la elección sigue en manos de los propios integrantes del TSJ, pero ahora con una herramienta que evita que las diferencias internas paralicen la conducción.

¿Y si el presidente se ausenta?

La ley también incorpora un mecanismo de reemplazo inmediato. En el mismo acto en que se elija al presidente, los vocales deberán designar a quién lo sustituirá ante un impedimento transitorio, como licencias o enfermedades.

De esta manera, no hará falta abrir una nueva discusión frente a cada eventualidad. Si la ausencia fuera definitiva (renuncia, fallecimiento, destitución), el Tribunal deberá avanzar de inmediato con la designación de una nueva autoridad.

La reforma combina autogobierno, previsibilidad y eficiencia: el TSJ conserva la facultad de elegir a sus autoridades, ahora con una mayoría definida y con un plan de contingencia ante ausencias.

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