Cambios en el régimen minero: qué implica la nueva resolución y su vínculo con el RIGI
El Gobierno modificó el régimen de inversiones mineras con la resolución 68. ¿Qué cambios trae y cómo se vincula con el RIGI? Los detalles que tenés que conocer.
El Gobierno oficializó este miércoles una serie de modificaciones en la Ley de Inversiones Mineras, en un intento por agilizar trámites y alinearse con el RIGI. La resolución 68, publicada en el Boletín Oficial, introduce cambios que impactan directamente en las empresas del sector.
La medida apunta a simplificar los procedimientos del régimen, adecuándolos a la nueva reglamentación del decreto 482/2026, que se conoció en junio. El objetivo es garantizar mayor celeridad y transparencia en los trámites.
Qué establece la nueva normativa
La resolución 68 crea el Registro de Inversiones Mineras (RIM), una plataforma que centralizará la información de los beneficiarios de la Ley 24.196, que data de 1993 y fue creada para fomentar la actividad minera en todo el país. Con este sistema, las empresas y prestadores de servicios mineros serán identificados por su CUIT, y los proyectos contarán con códigos únicos para facilitar su seguimiento y fiscalización.
Además, se establece que los beneficiarios que presten servicios deberán fijar un domicilio legal electrónico en su primera presentación anual.
En los considerandos, el texto oficial justifica la medida: “Resulta necesario adecuar la resolución 30/2018 de la ex Secretaría de Política Minera, a fin de alinear sus disposiciones con el procedimiento actualmente vigente para la tramitación del registro previsto en la ley 24.196 y sus modificatorias, garantizando una mayor celeridad y transparencia, en consonancia con las modificaciones introducidas por aquella norma”.
Qué resoluciones se derogaron
Como parte de la actualización, se derogaron cuatro resoluciones dictadas en 1996, 2019, 2020 y 2021, que regulaban distintos aspectos del régimen. Esta medida busca unificar criterios y eliminar regulaciones dispersas.
Cómo se articula con el RIGI
Uno de los puntos más relevantes es la articulación entre la Ley de Inversiones Mineras y el RIGI. La Secretaría de Minería definió procedimientos para compatibilizar ambos regímenes, especialmente en los casos donde un proyecto ya esté inscripto en el RIM y luego solicite el CUIT especial correspondiente a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) del RIGI.
“Que en el marco del Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI), resulta imperioso adecuar y compatibilizar los procedimientos aplicables a la tramitación de las solicitudes de alta de la CUIT especial asignada a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) respecto de proyectos mineros previamente inscriptos en el Registro de Inversiones Mineras de la ley 24.196, a fin de garantizar la continuidad registral y la adecuada articulación entre ambos regímenes de promoción”, sostiene la normativa.
La modificación llega en un contexto de impulso a las grandes inversiones, y busca dar previsibilidad a las empresas que operan en el sector minero. Con el RIM, el Gobierno espera modernizar el sistema y atraer más capitales.