Cambios en las facturas de Ejesa: algunos usuarios tendrán dos vencimientos en septiembre

Si sos cliente de Ejesa, revisá tu factura: por una reprogramación de los ciclos, algunos usuarios tendrán dos vencimientos en septiembre. El segundo se podrá pagar hasta el 10 de octubre sin recargos, pero hay que estar atento a las fechas.

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Cambios en las facturas de Ejesa: algunos usuarios tendrán dos vencimientos en septiembre
Cambios en las facturas de Ejesa: algunos usuarios tendrán dos vencimientos en septiembre

La Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (Susepu) intimó a Ejesa a reorganizar su calendario de facturación. La medida busca evitar que los clientes deban afrontar pagos acumulados durante el mismo mes.

La intervención del organismo de control se produjo después de que la distribuidora reprogramara de manera excepcional sus ciclos de emisión de facturas, lo que podría haber generado la superposición de vencimientos en septiembre. Según informó la Susepu, la intimación se realizó en cumplimiento de las normas vigentes y con el objetivo de proteger la economía de los usuarios.

Qué cambió para los usuarios

Tras el pedido, Ejesa comunicó el 3 de septiembre la readecuación de sus ciclos de facturación y detalló las condiciones especiales que se aplicarán a los clientes alcanzados. Por única vez, algunos usuarios tendrán dos vencimientos dentro del mismo mes debido a la modificación de los ciclos.

Para reducir el impacto en la economía familiar, el segundo vencimiento podrá ser abonado hasta el 10 de octubre de 2026, sin intereses por mora ni recargos adicionales. El beneficio alcanza exclusivamente a las facturas comprendidas en esta situación excepcional.

Recomendaciones y controles

Desde la Susepu recomendaron a los usuarios verificar las fechas de vencimiento indicadas en sus facturas y consultar los canales oficiales del organismo o de Ejesa ante cualquier duda o inconsistencia. El organismo también informó que continuará realizando una fiscalización permanente sobre el cumplimiento del nuevo cronograma.

Ante posibles incumplimientos de las normas de calidad comercial o de las obligaciones establecidas en el contrato de concesión, podrán aplicarse las medidas y sanciones correspondientes.

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