Capacitan a policías del norte y oeste pampeano: lo que no pueden hacer con los menores

¿Qué firma es obligatoria cuando la Policía notifica a un adolescente y qué pasa si no está? La capacitación que busca evitar errores desde el primer momento.

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Capacitan a policías del norte y oeste pampeano: lo que no pueden hacer con los menores
Capacitan a policías del norte y oeste pampeano: lo que no pueden hacer con los menores

El Ministerio Público Fiscal de las circunscripciones II y IV de La Pampa reunió a oficiales y comisarios de dependencias del norte y el oeste provincial para unificar criterios ante situaciones que involucren a niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal.

Del encuentro participaron fiscales y representantes de todas las comisarías de la Unidad Regional II, además de efectivos del oeste pampeano, entre ellos de las localidades de Victorica, Telén y Santa Isabel.

Qué cambia con el nuevo régimen

La exposición principal estuvo a cargo de Emilia Buffone, funcionaria del Ministerio Público Fiscal, quien detalló los cambios que trae el nuevo régimen penal juvenil y brindó pautas para las primeras intervenciones policiales.

"En este primer encuentro expliqué la diferencia con la nueva Ley 27.801 y cómo la provincia se había adecuado a esa legislación a partir de la ley que se aprobó en la Legislatura provincial el 11 de septiembre, que es la Ley 3.656", precisó Buffone.

Durante la jornada se repasaron los principios rectores del paradigma y se hizo hincapié en la necesidad de distinguir entre los adolescentes punibles y los que, por su edad, son considerados no punibles.

Notificaciones y plazos que no se negocian

Uno de los puntos centrales fue el procedimiento de notificación: al notificar a un adolescente, es indispensable que conste la firma de la madre, el padre, un tutor o un adulto responsable. Si no hay referentes familiares presentes, la Policía debe comunicar de inmediato lo actuado a los organismos de Protección de Derechos.

También se analizaron las detenciones de menores y los tiempos judiciales. Las actuaciones deben elevarse al Ministerio Público Fiscal en un plazo máximo de 24 horas, un requisito clave para garantizar una intervención ajustada al nuevo régimen.

Un objetivo educativo, no de castigo

Lejos de la lógica punitiva del sistema de adultos, el nuevo proceso penal juvenil apunta a la educación y la reintegración social del adolescente.

"También les hablé con respecto a los principios que rigen en el proceso penal juvenil y el fin, que es no retributivo sino justamente de reintegrarlos a la sociedad y educativo", subrayó Buffone ante los presentes.

Desde el Ministerio Público Fiscal valoraron estos espacios como fundamentales para fortalecer los lazos institucionales. La correcta aplicación de las normativas desde el primer contacto de la Policía con los jóvenes será el desafío para asegurar procedimientos eficaces y respetuosos de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la provincia.

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