Casino: el retiro voluntario ya tiene reglas y estos son los pasos para anotarse

El Instituto de Juegos y Casinos lanzó el retiro voluntario: pagan el 120% de la indemnización. ¿Quiénes pueden acceder y cómo anotarse? Enterate de los plazos y requisitos.

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Casino: el retiro voluntario ya tiene reglas y estos son los pasos para anotarse
Casino: el retiro voluntario ya tiene reglas y estos son los pasos para anotarse

El Instituto Provincial de Juegos y Casinos de Mendoza oficializó el sistema de retiro voluntario, una salida que promete una compensación económica del 120% de la indemnización. La medida, que busca aliviar las finanzas del organismo, ya tiene plazos, requisitos y un procedimiento claro.

La Resolución 462, firmada el 30 de julio, puso en marcha el régimen previsto en la Ley N° 9.718. El objetivo es claro: ofrecer a los empleados de planta permanente una vía de salida en el marco de la reorganización que atraviesa el Instituto, en busca de equilibrio económico y sostenibilidad financiera.

Plazos y condiciones para presentar la solicitud

Los interesados tendrán tiempo hasta el 1 de octubre de 2026 para presentar su pedido. Pasada esa fecha, no se aceptarán nuevas solicitudes, aunque las que estén en trámite seguirán su curso. Eso sí: hay una excepción. Si el Directorio ofrece otras alternativas por modificaciones, disoluciones o supresiones de puestos, los trabajadores dispondrán de un plazo especial de 30 días corridos desde la notificación. En caso de que los períodos se superpongan, se aplicará el más largo.

La adhesión es voluntaria, pero presentar la nota no garantiza la aprobación. El Directorio tiene la facultad exclusiva de aceptar o rechazar cada pedido, según las necesidades del organismo. Además, la solicitud no implica automáticamente el fin de la relación laboral: la baja recién se concreta con una resolución expresa del Directorio.

¿Cuánto pagan y cómo se calcula?

El punto más atractivo es la compensación: el 120% de la indemnización que correspondería según el artículo 17 del Decreto Ley 560/73. Para calcularla, se tomará la mejor remuneración normal, habitual y permanente de los últimos 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud.

Quiénes no pueden pedir el retiro

No todos pueden acceder. Quedan afuera quienes tienen procedimientos disciplinarios en curso que puedan derivar en sanción o exoneración, quienes ya iniciaron trámites jubilatorios o estén a menos de 18 meses de hacerlo, y quienes ya hayan renunciado.

Hay casos especiales: si el empleado está con licencia extraordinaria, sin goce de haberes, ocupando cargos de mayor jerarquía o políticos, el cálculo se hará tomando como referencia la última remuneración de un agente del Instituto con la misma clase, agrupamiento, tramo y función. Lo mismo aplica para el personal adscripto en otras reparticiones.

¿Cómo se paga la compensación?

Todo se abona en una sola cuota, mediante depósito en la cuenta sueldo. Además, el trabajador cobrará a mes vencido los haberes por los días efectivamente trabajados después de la solicitud, más el Sueldo Anual Complementario (SAC) proporcional.

Los pasos para anotarse

El trámite arranca con una nota de adhesión en la Mesa de Entradas del Instituto, en calle Irigoyen 31, Ciudad de Mendoza. En ese escrito, el agente manifiesta su voluntad libre e irrevocable de sumarse al sistema, declara conocer y aceptar las condiciones, y asegura no estar alcanzado por ninguna causal de exclusión.

¿Por qué el Instituto quiere saber con anticipación cuántos se van? Sencillo: para planificar la reorganización de las áreas, redistribuir funciones y evaluar cómo cubrir los puestos vacantes. La idea es sostener el funcionamiento de los servicios que dependen del organismo.

Una vez que el Directorio aprueba la solicitud, dicta el acto administrativo, ordena el pago de la liquidación y dispone la baja. Así queda cerrado el circuito: desde el pedido voluntario hasta la compensación y el final formal de la relación laboral.

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