Caso Lebbos: 20 años sin respuestas y un ex policía que ya no puede ser condenado
La Corte Suprema de Tucumán ratificó la absolución del ex jefe de Criminalística acusado de falso testimonio en el juicio de 2018. Pero el dato que nadie esperaba no está en el fallo, sino en lo que hizo una de las fiscalas del caso.
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán ratificó el sobreseimiento por beneficio de la duda de Daniel Alejandro Díaz, ex jefe de Criminalística Norte acusado de falso testimonio en el juicio de 2018, y cerró así un nuevo capítulo de la causa por el crimen de Paulina Lebbos.
Los jueces de la Sala en lo Civil y Penal —Claudia Sbdar, Wendy Kassar y Patricio Prado— declararon desistido el recurso de casación que intentaba revertir la absolución de Díaz, quien había sido señalado por faltar a la verdad durante su declaración en el debate oral que en 2018 condenó a la cúpula policial y al entonces secretario de Seguridad por encubrimiento.
Una fiscalía dividida que definió el desenlace
El resultado judicial quedó marcado por una fractura dentro del propio Ministerio Público Fiscal. La fiscala de juicio Estela Giffoniello había apelado la absolución y pedía cuatro años de prisión efectiva para Díaz, por considerar arbitrario el fallo que lo benefició.
Su par de instancia superior, Marta Jerez, se apartó de ese reclamo: dictaminó que la sentencia original no presentaba errores y que la duda sobre el dolo del imputado estaba correctamente fundada. Esa postura debilitó por completo la posición del organismo acusador y allanó el camino para que la Corte cerrara el planteo.
Contradicciones bajo la lupa, pero sin prueba de intención
La imputación contra Díaz se originó en siete puntos donde el ex jefe policial se mostró impreciso al declarar sobre los procedimientos periciales realizados los días 11 y 12 de marzo de 2006, cuando se halló el cuerpo de Paulina junto a la ruta 341.
Entre las dudas planteadas figuraban la jurisdicción interviniente, la comitiva con la que llegó al lugar, la presencia previa de personal de Criminalística Capital y una orden de sus superiores para registrar el procedimiento con una cámara propia. En su momento, esas contradicciones llevaron a que el tribunal ordenara su detención en plena audiencia.
Al analizar el caso en la Cámara Penal Conclusional, la jueza Stella Maris Arce sostuvo que el olvido o la imprecisión de un testigo no equivalen automáticamente al delito de falso testimonio. Además, remarcó que la fiscalía no incorporó como prueba la sentencia de 2018 para acreditar si esas fallas habían afectado realmente la investigación de los autores del crimen.
La familia insiste en que hubo encubrimiento
Antes del fallo de la Corte, Alberto Lebbos se presentó en el expediente como parte damnificada para respaldar el pedido de condena. Para el padre de la víctima, las irregularidades detectadas en el operativo inicial no fueron simples errores humanos, sino parte de una maniobra que entorpeció desde el comienzo la búsqueda de los responsables.
Según sostuvo, citando las conclusiones del juicio de 2019, esa demora explica en parte por qué, dos décadas después, la Justicia sigue sin poder identificar a los autores materiales del homicidio.
Con esta resolución, la Corte da por cerrada la situación procesal de Díaz, aunque la causa central sobre el crimen de Paulina Lebbos permanece abierta e irresuelta en lo que respecta a sus verdaderos ejecutores.