Caso usinas truchas: condenaron a 10 años de prisión a los dos jefes de la red
10 años de prisión para los dos jefes de la red de facturas truchas en Chaco. El tribunal los halló culpables de asociación ilícita fiscal y lavado de activos. Lo que se sabe de las otras condenas.
El Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó este lunes a Walter Pasko y a Fernando Adrián Ayala a la pena de 10 años de prisión por considerarlos jefes de una asociación ilícita dedicada a la emisión de facturas apócrifas y al lavado de dinero. El veredicto se conoció ayer y alcanza también a otras ocho personas, con penas de entre 3 años y medio y 7 años.
El fallo fue leído por el presidente del tribunal, Juan Manuel Iglesias, con las firmas de sus pares Enrique Bosch y Osvaldo Facciano. El Ministerio Público Fiscal había solicitado 16 años de cárcel para ambos acusados, pero el tribunal resolvió una pena menor.
Cómo quedaron las penas
María José Reinau, pareja de Ayala y presidenta de la Fundación Brilla Mujer, fue sentenciada a 7 años de prisión como integrante de la organización y por lavado de activos. Diana Yael Daniel, pareja de Pasko y exfuncionaria del Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular (Iafep), recibió 6 años.
El resto de las condenas por integrar la asociación ilícita fiscal fueron: María Belén Reinau, 5 años y 6 meses; Edith Marisela Ayala, 5 años; Álvaro Iván Pasko y Jorge Pasko, 4 años y 6 meses; Ariel Ramón Acevedo y Osvaldo Ramón Godoy, 4 años; y Juana Elsa Brahim, 3 años y 6 meses.
Con esta resolución, la Justicia federal cierra una de las investigaciones económico-financieras más complejas de los últimos años en la provincia, que destapó una red de usinas de comprobantes truchos destinada a evadir impuestos y a blanquear capitales de origen ilícito.
La defensa de Ayala ya anticipó que apelará
El abogado de Ayala, Pablo Vianello, confirmó que la defensa prepara un recurso de casación y esperará los fundamentos completos de la sentencia para definir los argumentos. Además, adelantó que volverá a pedir la prisión domiciliaria para su cliente, detenido desde 2025.
Según el letrado, los motivos que antes se usaron para rechazar ese beneficio —como el riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación— ya no tendrían sustento. "Hoy hay una condena que, si bien no está firme, claramente esos peligros procesales ya no existen", sostuvo.