Causa por obras en comisarías: el Tribunal anuló las cautelares y cuestionó a la jueza
El Tribunal de Impugnación dejó sin efecto las restricciones para los cinco imputados y apuntó contra la magistrada por una decisión que consideró contraria al sistema acusatorio. El expediente vuelve a foja cero.
El Tribunal de Impugnación de San Luis declaró la nulidad de la prórroga de las medidas cautelares que pesaban sobre cinco exfuncionarios investigados por presunto fraude en perjuicio de la administración pública. La decisión, adoptada por unanimidad, deja sin efecto las restricciones para todos los imputados alcanzados por la resolución anulada.
La apelación fue presentada por las defensas de Juan Claudio Latini y Jeremías Adrián Vivas, pero el cese de las medidas beneficia también a los otros tres acusados: Luciano Anastasi, Ernesto Nader “Pipi” Alí y Mario Canali.
La causa por las obras que no se habrían realizado
La investigación apunta a convenios firmados durante la gestión anterior para refaccionar comisarías y cuarteles de bomberos. Según la acusación, hubo irregularidades en la contratación y ejecución de esos trabajos: algunos habrían recibido anticipos y luego no se habrían ejecutado o quedaron inconclusos.
Los cinco exfuncionarios están imputados por los presuntos delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Qué cuestionó el Tribunal
La audiencia del 29 de julio de 2026 se había convocado para tratar planteos de sobreseimiento y una cuestión de competencia jurisdiccional. En ese momento, la Fiscalía no había pedido extender las medidas cautelares, que vencían ese mismo día.
Sin embargo, durante la audiencia la jueza consultó al Ministerio Público Fiscal si solicitaría una nueva prórroga. La Fiscalía hizo el pedido y la magistrada dispuso extender las restricciones, lo que motivó la apelación de las defensas de Latini y Vivas.
El Tribunal entendió que esa intervención vulneró el sistema acusatorio, porque era la Fiscalía la responsable de solicitar la continuidad de las medidas. “La magistrada abandonó su posición de equidistancia y se subrogó en la carga procesal de la acusación”, sostuvo el voto de la jueza Laura Molino, al que adhirieron Jorge Sabaini Zapata y Yanina Del Viso.
La resolución consideró que, al consultar de oficio a la Fiscalía sobre el vencimiento de las medidas, la jueza incurrió en un “exceso de celo persecutorio” y generó un estímulo para que el Ministerio Público formulara un pedido que no había presentado previamente.
El Tribunal ordenó que el expediente regrese al organismo de origen para que continúe según el estado en el que se encuentra.