Cierran dos zonas de pesca frente a Santa Cruz por la captura de merluza juvenil
La medida afecta a dos sectores clave para la pesca del langostino. Lo que está en juego es la sustentabilidad de una especie que es vital para la economía regional.
La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dispuso el cierre de las Subáreas 7 y 15 para la pesca comercial de langostino, luego de que el seguimiento científico detectara una relación entre las capturas de merluza y langostino superior al límite reglamentario y una elevada proporción de juveniles de merluza.
La medida regirá desde las 00:00 de este lunes 31 de agosto de 2026 y alcanza a los dos sectores ubicados dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM). Uno de ellos se encuentra frente a la costa norte de Santa Cruz, a la altura de Caleta Olivia y Puerto Deseado.
La decisión fue comunicada mediante una nota dirigida al Departamento Policía Auxiliar Pesquera de la Prefectura Naval Argentina y firmada por el director nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Arturo Idoyaga Molina, según informó el sitio Pescare.
La Autoridad de Aplicación solicitó a Prefectura que notificara a los buques que permanecían operando en las Subáreas 7 y 15, ordenara el cese de la pesca dirigida al langostino y dispusiera el repliegue de las embarcaciones. Ambos sectores permanecerán cerrados hasta que se adopte una nueva decisión administrativa.
La relación merluza-langostino superó el 20%
El cierre se fundamentó en la información técnica remitida por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP). Según la comunicación oficial, el monitoreo registró en ambas subáreas valores de la relación merluza-langostino (M/L) superiores a 0,20, junto con una elevada proporción de ejemplares juveniles de merluza dentro de las capturas, consignó el portal especializado Pescare.
La relación M/L expresa la cantidad de merluza capturada incidentalmente durante las operaciones dirigidas al langostino. Un valor de 0,20 equivale a 20 kilogramos de merluza por cada 100 kilogramos de langostino.
Ese límite se encuentra establecido en la Resolución CFP Nro. 7/2018 y 9/2012, que regula la pesquería mediante un sistema dinámico de aperturas y cierres. La norma dispone el cierre de una subárea cuando la información suministrada por el INIDEP muestra una relación M/L superior al 20%, entre los indicadores considerados para la administración del recurso.