Cierre total en supermercados y centro: el lunes 28 los comercios de Jujuy no abren por esta razón

El lunes 28 los supermercados y la mayoría de los locales del centro de Jujuy no abrirán. Pero hay un detalle que pocos conocen: los comercios de barrio podrían atender si se cumple una condición clave. ¿Cuál es?

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Cierre total en supermercados y centro: el lunes 28 los comercios de Jujuy no abren por esta razón
Cierre total en supermercados y centro: el lunes 28 los comercios de Jujuy no abren por esta razón

El lunes 28 de septiembre los jujeños se encontrarán con un panorama comercial muy distinto al habitual. Supermercados, shoppings y la mayoría de los locales del centro permanecerán cerrados durante toda la jornada, mientras que los comercios de barrio solo podrán atender bajo condiciones muy específicas.

La medida responde al traslado del Día del Empleado de Comercio, que originalmente se conmemora el 26 de septiembre. Un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias (CAC, CAME y UDECA) corrió la fecha al lunes para que todos los trabajadores del sector puedan disfrutar de un descanso continuo.

¿Qué locales abren y cuáles cierran?

Según el marco legal vigente y lo dispuesto por las cámaras empresarias, la actividad mercantil sufrirá modificaciones significativas:

Supermercados y grandes cadenas: permanecerán cerrados durante todo el día. Las principales sucursales de autoservicios, centros de compras y comercios de electrodomésticos no abrirán sus puertas.

Comercios del centro jujeño: la gran mayoría de los locales de la Peatonal Belgrano y zonas aledañas no registrarán actividad ni atención al público.

Locales de barrio y cercanía: podrán abrir únicamente si son atendidos por sus propios dueños o familiares directos.

Comercios con empleados (optativo): en caso de abrir con personal en relación de dependencia, los empleados deben prestar su conformidad de forma voluntaria y percibir la remuneración correspondiente a un día feriado.

¿Por qué se traslada la conmemoración?

La Ley 26.541 instituyó el 26 de septiembre como el día oficial de los trabajadores del sector. Sin embargo, mediante una resolución conjunta entre FAECYS y las cámaras empresarias se resolvió correr la conmemoración al lunes 28 de septiembre.

El objetivo es garantizar que la totalidad de los empleados amparados bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT 130/75) disfrute de un día de descanso continuo y sin afectación de su régimen semanal.

¿Cómo se paga si el empleado decide trabajar?

Desde el punto de vista laboral, la jornada del lunes 28 posee el mismo alcance normativo que un feriado nacional:

No obligatoriedad: el trabajador no está obligado a prestar servicios. Si decide no concurrir, cobra su salario habitual sin ningún tipo de descuento.

Cobro duplicado: si acuerda trabajar con el empleador, la jornada debe liquidarse con un recargo del 100% sobre la remuneración habitual (pago doble).

Prohibición de franco compensatorio: la jornada del lunes 28 no puede ser utilizada por las empresas como otorgamiento de un franco compensatorio del descanso semanal.

Ante este panorama, se recomienda a los vecinos jujeños anticipar sus compras de mercadería de primera necesidad durante el fin de semana para evitar inconvenientes durante la jornada del lunes.

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