Cobrar el fondo de cese de la construcción: ya no alcanza con la credencial, ahora piden este papel
Un trabajador de la construcción termina su relación laboral y va a buscar su fondo de cese. Lo que antes le alcanzaba ya no le sirve: el BCRA cambió el papel que tiene que llevar y hay un plazo de 48 horas que corre por cuenta del empleador.
El Banco Central cambió la forma en que los trabajadores de la construcción pueden retirar el dinero de su Fondo de Cese Laboral. A través de la Comunicación "A" 8498/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, dispuso que ya no se aceptará la Credencial de Registro Laboral ni la Hoja Móvil como respaldo para esa operación: en su lugar habrá que presentar una constancia de ARCA que acredite el fin de la relación laboral.
La medida alcanza a los trabajadores nucleados en la UOCRA y rige desde el 30 de octubre, según el anexo difundido por la entidad que conduce Santiago Bausili. El cambio no crea ningún fondo nuevo ni lo extiende a otros sectores: solo modifica la operatoria bancaria de un régimen que ya existe, el previsto por la Ley 22.250 para la industria de la construcción.
Qué hay que presentar ahora para cobrar
La norma dejó sin efecto la disposición anterior que habilitaba el uso de la Credencial de Registro Laboral y de la Hoja Móvil complementaria y accesoria para esta cuenta. Desde ahora, el requisito es una constancia emitida por ARCA que demuestre que el vínculo laboral terminó.
El anexo precisa los tiempos: dentro de las 48 horas de producido el cese, el empleador debe pedir la transferencia a una cuenta que indique expresamente el trabajador y que haya abierto por decisión propia. Para ese trámite tiene que presentar la constancia de ARCA.
Ese plazo corresponde únicamente a la solicitud de la transferencia. La comunicación no establece que el dinero deba estar acreditado automáticamente dentro de esas 48 horas.
Qué pasa si el trabajador no tiene cuenta bancaria
Si el trabajador no dispone de una cuenta a la vista, la entidad financiera está obligada a abrirle una caja de ahorros en pesos para poder hacer la transferencia. Como alternativa, puede retirar el dinero en efectivo, sin necesidad de pasarlo antes a otra cuenta.
El retiro se hace por el saldo total: el capital más los intereses devengados hasta el día anterior al movimiento, de acuerdo con las reglas que figuran en el anexo del BCRA.
Cómo consultar el saldo del fondo
La comunicación también habilita a los bancos a permitir que tanto el trabajador como el empleador consulten el saldo y el detalle de los depósitos por home banking o desde el celular. Es una opción que cada entidad puede habilitar: la norma no garantiza que ya esté disponible en todos los bancos.
Ambas partes pueden además pedir esa información directamente en la entidad. Y si el trabajador informó un correo electrónico, el banco debe enviarle todos los meses un resumen de movimientos y saldos.
Qué es el fondo de cese de la construcción
Se trata de un patrimonio del trabajador que se constituye con aportes obligatorios del empleador, depositados mes a mes en una cuenta a nombre de la persona empleada. El artículo 15 de la Ley 22.250 establece que este sistema reemplaza para el sector el régimen de preaviso y despido de la Ley de Contrato de Trabajo.
Durante el primer año de servicios, el aporte equivale al 12% de la remuneración mensual calculada sobre los conceptos salariales que detalla la ley. A partir del año de antigüedad, baja al 8%. Esos porcentajes ya estaban fijados en la ley y la comunicación del BCRA no los modifica.
La ley dispone que el trabajador puede acceder al fondo al finalizar la relación laboral. La nueva medida cambia la documentación y precisa la operatoria para ese retiro, pero no altera el derecho a cobrarlo.