Cobró su sueldo por una lesión en la espalda, pero Migraciones lo delató: 291 salidas del país
Jorge Omar Amaral estaba de licencia por una lesión lumbar desde diciembre de 2024. Los registros de Migraciones y una serie de testimonios empezaron a dibujar otra historia, y el final lo decidió el intendente.
La Municipalidad de Puerto Esperanza echó a un empleado del corralón que estaba de licencia médica por una patología lumbar y, según el sumario, hacía viajes de pasajeros cobrados a Brasil, Paraguay y Eldorado. La decisión quedó asentada en la Resolución 388-P, del 13 de octubre de 2026, que se publicó en el Boletín Oficial de Misiones este martes 20.
El agente se llama Jorge Omar Amaral y revistaba como personal de planta permanente. Estaba con licencia médica sin interrupciones desde el 11 de diciembre de 2024, respaldada con certificados por su problema de columna. Según las conclusiones del expediente administrativo, en ese lapso se dedicó a trasladar pasajeros a cambio de dinero.
Qué encontró la investigación
Uno de los pilares del caso fue un informe de la Dirección Nacional de Migraciones: el organismo contó 291 salidas de Argentina rumbo a Brasil entre febrero de 2025 y junio de 2026. Eso da un promedio cercano a 17,1 viajes por mes a lo largo de los 17 meses que se analizaron.
La resolución aclaró que esos cruces, mirados uno por uno, no probaban el motivo de cada viaje. Pero el municipio los cruzó con testimonios que detallaron contrataciones, destinos y tarifas. Con ese combo, las autoridades comunales dieron por acreditado que los traslados eran pagos y que se repetían en el tiempo.
Amaral presentó su descargo y su defensa final el 7 de octubre. Allí puso en duda la falta de comprobantes de pago y argumentó que algunos de esos desplazamientos habían ocurrido en días no laborables. El municipio desestimó esos planteos: consideró que los testimonios directos, las tarifas mencionadas y los registros migratorios eran pruebas que encajaban entre sí.
También remarcó un punto central: el reposo ambulatorio no lo habilitaba a hacer otra actividad laboral remunerada mientras siguiera vigente la licencia por incapacidad.
La palabra de Zarza
El intendente Horacio Zarza contó cómo se dio la situación. “Yo asumí en el 2023, él venía de gobiernos anteriores, y después que asumí, estuvo un mes trabajando y después presentó certificado médico”, relató.
Sobre la investigación, sostuvo: “Se hicieron todos los pasos, por ahí es difícil, complejo echar un empleado público, pero nosotros acreditamos con todas las pruebas, sabíamos de su movimiento”.
Zarza apuntó directo contra el hecho de que el hombre cobrara su salario municipal mientras hacía trabajos particulares. “A mí me pareció totalmente incorrecto y una falta de respeto hacia sus compañeros que vienen a laburar, que vienen a las seis de la mañana, laburan, y por eso obviamente cobran un sueldo”, expresó.
El jefe comunal explicó que juntar las pruebas llevó tiempo y varias actuaciones: “Llevó casi un año, se tuvo que hacer una junta médica”. A partir de esa instancia, según dijo, empezaron a revisar los movimientos del empleado y a pedir los informes del caso. “Hasta que nos mandaron, con eso fue suficiente y contundente para demostrar a la justicia que no estaba laburando y cobraba una remuneración sin trabajar”, afirmó.
Zarza anticipó además que el municipio revisa otras situaciones parecidas entre sus empleados. “La política que implementamos desde el primer día que estoy es que tiene que laburar la gente”, manifestó, y cerró: “Yo no dudé en tomar estas decisiones y lo voy a seguir haciendo”.
Qué dice la resolución y qué pasa ahora
El acto administrativo consideró acreditada una falta disciplinaria grave y aplicó la cesantía conforme a la Ley I-N.º 37. La sanción rige desde la notificación al agente, que puede presentar un recurso de revocatoria en los diez días hábiles siguientes.
El documento también precisó que la responsabilidad disciplinaria es independiente de la investigación penal vinculada con la denuncia 118/2026. Es decir, la cesantía cierra el tema en el ámbito municipal y no implica ninguna definición sobre una eventual responsabilidad penal.
Fuente: El Territorio