Comedores escolares: el juez Malvasio ordenó al Gobierno de Entre Ríos prohibir alimentos con sellos de advertencia

El juez Malvasio ordenó al Gobierno de Entre Ríos prohibir alimentos con sellos de advertencia en comedores escolares. ¿Qué pasará con Teknofood?

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Comedores escolares: el juez Malvasio ordenó al Gobierno de Entre Ríos prohibir alimentos con sellos de advertencia
Comedores escolares: el juez Malvasio ordenó al Gobierno de Entre Ríos prohibir alimentos con sellos de advertencia

El juez de juicio Juan Francisco Malvasio hizo lugar a un amparo colectivo y ordenó al Gobierno de Entre Ríos que deje de ofrecer, servir, entregar o distribuir en las escuelas públicas provinciales productos alimenticios no perecederos que contengan uno o más sellos de advertencia, según lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 27.642. La medida busca proteger la salud de los niños y niñas que asisten a los comedores escolares.

La resolución, que se conoció este viernes, exige al Ejecutivo provincial que garantice de manera simultánea e ininterrumpida la provisión de alimentos que no estén alcanzados por esa prohibición. En su fallo, el magistrado aclaró que no se está arrogando facultades de gestión que la Constitución reserva al Poder Ejecutivo, sino que realiza un control de legalidad estricto sobre el cumplimiento de un mandato legal puntual.

¿Qué argumentó el juez en su fallo?

En su resolución, Malvasio sostuvo que el control judicial se limita a verificar que la Administración se ajuste a la ley y a los derechos de quienes gozan de protección constitucional. «No juzgar sería, en este caso, la verdadera abdicación de una atribución propia», afirmó. Además, remarcó que la exclusión de productos con sellos de advertencia frontal en los entornos escolares no es una formalidad prescindible ni postergable según las conveniencias de la gestión administrativa.

El juez destacó que se trata de la expresión concreta de una política de salud pública dirigida a sujetos de tutela constitucional reforzada, cuyo cumplimiento no admite matices ni excepciones fundadas en razones de conveniencia práctica.

¿Cómo reaccionó el Gobierno?

Desde el Ejecutivo provincial consideraron la resolución como «un triunfo» y explicaron que la empresa Teknofood SA, que tiene a su cargo la distribución de los alimentos, tiene prohibido entregar productos con sellos frontales. «No va a repartir ningún producto con sello frontal», señalaron.

La decisión judicial se enmarca en un amparo colectivo impulsado por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la Fundación Cauce. En ese contexto, el juez Malvasio dispuso el 5 de este mes la apertura de una convocatoria pública para que todas las personas que se consideren afectadas o tengan un interés directo en la causa puedan comparecer en el expediente o autoexcluirse en un plazo de siete días.

Esa etapa se produjo después de una resolución anterior de gran impacto, en la cual el magistrado hizo lugar a una medida cautelar que frenó el sistema de alimentación implementado por la provincia a través de Teknofood SA. La cautelar obligó al Gobierno a abstenerse de distribuir productos con sellos de advertencia o leyendas precautorias y a retomar, de forma inmediata, la modalidad de provisión anterior a la centralización del sistema.

¿Qué pasó con la convocatoria pública?

La convocatoria se realizó durante dos días a través del Servicio de Información y Comunicación (SIC) del Poder Judicial. Las personas que se consideraran alcanzadas podían comparecer para hacer valer sus derechos o manifestar su voluntad de autoexclusión. El plazo fijado fue de siete días y venció el último domingo. En total, se recibieron 1.763 adhesiones.

El objeto del proceso es la tutela del derecho de los niños, niñas y adolescentes que concurren a los establecimientos educativos públicos provinciales y reciben el programa alimentario escolar. En particular, se busca proteger su derecho a no recibir alimentos que puedan causar un perjuicio a su salud, en relación con los productos industrializados señalados y las previsiones de las Leyes N° 25.724 y N° 27.642.

La resolución también identifica como causa fáctica común la implementación provincial de un nuevo sistema uniforme de desayunos y meriendas, mediante productos predeterminados destinados a los niños, niñas y adolescentes incluidos en el programa.

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