Compró dos pasajes por $16.000, se los cancelaron y ahora deberán pagarle $30 millones
Una abogada compró dos pasajes a Ushuaia por $16.000, pero la pandemia los canceló y nunca logró reprogramarlos. Ahora, Despegar y Aerolíneas Argentinas deberán pagarle una indemnización millonaria. ¿Qué argumentos usaron las empresas y por qué la Justicia las condenó?
Una abogada de Bahía Blanca compró dos pasajes aéreos en diciembre de 2019 para viajar a Ushuaia en marzo de 2020, pero la pandemia truncó sus planes. Lo que parecía una simple cancelación se convirtió en una batalla judicial que terminó con una condena millonaria para Despegar y Aerolíneas Argentinas: deberán pagarle $30 millones.
El calvario de la reprogramación
Los pasajes costaban 16.000 pesos en total. Con la llegada de la pandemia y las restricciones, el vuelo fue cancelado. La abogada intentó comunicarse con Despegar para reprogramar o pedir el reembolso, pero recibió respuestas insatisfactorias. También reclamó por correo electrónico y ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).
En octubre de 2021, la empresa le informó de forma automatizada que los pasajes estaban “abiertos” para reprogramar. Sin embargo, cada vez que intentaba usar la página web, el software le impedía elegir una nueva fecha y mostraba una leyenda que indicaba que la empresa se comunicaría con ella, lo que jamás ocurrió. Ante la falta de solución, demandó el 29 de diciembre de 2021.
Las defensas de las empresas
Despegar argumentó que actúa solo como intermediaria y que el dinero no ingresó a su patrimonio, sino al de Aerolíneas. También sostuvo que la cancelación fue por fuerza mayor debido a la pandemia. Aerolíneas, por su parte, planteó tres defensas: falta de legitimación activa parcial (que la abogada solo podía reclamar por su pasaje, no por el del acompañante), prescripción (plazo de un año según el Código Aeronáutico) e inaplicabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor.
El fallo de la Cámara
La sala II de la Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca, con los votos de los jueces Jorge Mercado y Leopoldo Peralta Mariscal, ratificó el fallo de primera instancia. Descartó todos los argumentos de las empresas. Sobre el pago del segundo pasaje, Mercado sostuvo que, como el viaje no se realizó y la actora pagó ambos pasajes, ella tiene el interés legítimo para exigir el reembolso. Sostener lo contrario validaría un “enriquecimiento sin causa”.
En cuanto a la prescripción, los jueces entendieron que no rige el Código Aeronáutico sino un plazo genérico de 5 años. El tribunal aclaró que no se juzgaba el incumplimiento del vuelo en sí, sino la conducta posterior de las empresas, que infringieron la Ley de Sostenimiento y Reactivación Turística (Ley 27.563). Dicha ley ordenaba otorgar opciones de reprogramación, vouchers o el reembolso completo.
Daño punitivo y multa millonaria
El juez de primera instancia impuso una sanción de $25.000.000 por daño punitivo. Las demandadas se quejaron alegando que era desproporcionada frente al costo de los pasajes ($16.732). Pero la Cámara mantuvo la cifra por la “gravedad institucional” de la conducta corporativa. Ordenó actualizar la suma por el Índice de Precios al Consumidor hasta el mes del efectivo pago y sumarle un 6% anual hasta la primera sentencia. Así, la abogada recibirá $30.000.000. Sin embargo, rechazaron el daño moral por falta de pruebas de un padecimiento anímico grave.