Compró una casa en General Pinto y se quedó con el lote de al lado: 30 años después, la Justicia falló a su favor
Compraron la casa en 1985 y el lote de al lado estaba vacío. Tres décadas de mejoras, impuestos y una pileta después, un juez de Junín resolvió quién es el dueño.
Una familia de General Pinto, en el noroeste de la provincia de Buenos Aires, se quedó con un terreno lindero que estaba abandonado y que usó como propio durante casi tres décadas. La Justicia le reconoció la propiedad a fines de septiembre.
La sentencia la dictó el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Junín, que hizo lugar a una demanda de prescripción adquisitiva contra la Provincia de Buenos Aires, representada por la Fiscalía de Estado. El inmueble está sobre la calle Arturo Illia, en General Pinto.
El fallo reconoció la adquisición por usucapión: el paso del tiempo y la posesión ejercida sobre el lote alcanzaron para que la familia se quede legalmente con el dominio.
El lote vacío que terminó siendo parte de la casa
La historia arranca en 1985, cuando la familia compró una parcela al lado del terreno que después sería el centro del juicio. Según quedó asentado en el expediente, el lote vecino estaba abandonado y los nuevos dueños empezaron a usarlo como una extensión de su casa.
La ocupación se habría iniciado en 1987 y se sostuvo durante más de 30 años. En ese período cercaron el predio, hicieron mejoras, lo mantuvieron y levantaron distintas instalaciones.
También declararon haber pagado durante años impuestos y servicios del inmueble. Entre la documentación presentada aparecieron comprobantes de tasas municipales y provinciales, además de otros gastos sobre la propiedad.
Con el correr del tiempo, el terreno dejó de parecer un lote vacío. Una inspección hecha durante el proceso judicial encontró un jardín cuidado, un tapial de ladrillos, un portón, una pileta, una parrilla semicubierta, un baño y un galpón, todo en buen estado de conservación.
Qué miró el juez para darle la razón a la familia
Para quedarse legalmente con un inmueble por usucapión no alcanza con demostrar que alguien vive o usa un terreno durante mucho tiempo. La ley exige acreditar una posesión ejercida como dueño, de manera pública, pacífica, continua e ininterrumpida durante el plazo que fija la norma.
En este caso, el juez consideró que esas condiciones estaban probadas.
Entre las pruebas que pesaron estuvieron los comprobantes de impuestos inmobiliarios y municipales, el plano de mensura, los testimonios de vecinos y una pericia sobre la antigüedad de las mejoras.
Uno de los testigos declaró que conocía la ocupación desde hacía más de 30 años y que, para los vecinos del lugar, el inmueble era considerado como de la familia.
La pericia también fue clave: el informe estableció una antigüedad de las mejoras que superaba los 20 años exigidos para la prescripción adquisitiva larga.
Qué es la usucapión y cómo se resolvió el caso
La usucapión, también llamada prescripción adquisitiva, permite adquirir el dominio de un inmueble cuando una persona demuestra que lo poseyó durante el tiempo que establece la ley y cumpliendo determinadas condiciones.
El juez entendió que se había acreditado una posesión de más de 20 años, ejercida como dueños y acompañada por actos concretos sobre el inmueble. Por eso fijó el 15 de marzo de 2016 como la fecha en la que se perfeccionó la adquisición del dominio.
La sentencia declaró cumplidos los requisitos de la prescripción adquisitiva veinteañal y ordenó que, una vez que el fallo quede firme, se cancele la inscripción que figuraba a nombre de la Provincia de Buenos Aires y se inscriba el inmueble a nombre de la familia.