Condenaron a un hombre de 70 años por atacar a otro con un arma y un cuchillo: la pena que recibió
Un vecino de General Pico fue condenado por herir a otro con un disparo y un cuchillo. La sentencia incluye reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años.
La jueza de control de General Pico, Ana Laura Ruffini, condenó a Raúl Oscar Reynoso, de 70 años, a dos años de prisión de ejecución condicional. Fue hallado autor material y penalmente responsable de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y de portación ilegal de un arma de uso civil, según informó el Poder Judicial de La Pampa.
El hecho ocurrió el 30 de marzo pasado, alrededor de las 13:30, cuando Reynoso se presentó en el domicilio de la víctima para discutir por el arreglo de una cortadora de césped. Según las pruebas aportadas en la causa, el hombre se dirigió a su vehículo, abrió la puerta del conductor y extrajo un revólver calibre 32 con cinco cartuchos en el tambor, sin la debida autorización legal. Con el arma en la mano, apuntó a la víctima y le dijo: “esa máquina no es mía”.
Pero la agresión no terminó ahí. Reynoso fue hasta el baúl de su auto y sacó un cuchillo de aproximadamente 56 centímetros de largo. Con el arma en la mano derecha y el cuchillo en la izquierda, intentó agredir físicamente al damnificado en varias oportunidades, hasta que finalmente le asestó un corte en la mano izquierda y efectuó un disparo que impactó en la pierna derecha de la víctima.
La sentencia y las reglas de conducta
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el imputado y su abogado defensor, Walter Vaccaro. La jueza también se entrevistó con el damnificado, quien manifestó su conformidad con el acuerdo.
Además de la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, Reynoso deberá cumplir reglas de conducta por el mismo plazo: fijar domicilio y, en caso de modificarlo, avisar previamente al juez de ejecución o al fiscal; y la prohibición de comunicación, acercamiento y contacto por cualquier medio con la víctima.
Según el informe del Registro Nacional de Reincidencia, el imputado no registra condenas previas. En los juicios abreviados, los magistrados no pueden imponer sanciones más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal, tal como establece el Código Procesal Penal de La Pampa.