Confirmaron el abuso de una nena de 4 años en General Acha, pero la pena cambió

Un hombre abusó de su sobrina de 4 años en un parque de General Acha y la Justicia confirmó su culpabilidad. Pero la pena que le habían dado no quedó firme: el tribunal encontró atenuantes que nadie había mirado y el castigo bajó. ¿Qué pesó para los jueces?

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Confirmaron el abuso de una nena de 4 años en General Acha, pero la pena cambió
Confirmaron el abuso de una nena de 4 años en General Acha, pero la pena cambió

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa ratificó la culpabilidad de un hombre por abusar sexualmente de su sobrina de cuatro años en General Acha, aunque le redujo la condena de 12 a 9 años de prisión efectiva.

La decisión la tomó la Sala A del TIP, integrada por las juezas María Antonella Marchisio y María Eugenia Schijvarger. Las magistradas rechazaron el planteo de la defensa que buscaba declarar inimputable al acusado por sus patologías neurológicas y otras condiciones personales.

El hombre había sido condenado a 12 años de prisión efectiva por el juez de Audiencia Raúl Miguez, en una sentencia que hizo lugar al pedido de la fiscalía. La defensa, a cargo de Benjamín Ortíz, apeló el fallo y sostuvo que su representado padecía epilepsia refractaria severa desde los cinco años, retraso madurativo y marcada impulsividad, por lo que no habría podido comprender o controlar sus actos.

Qué determinaron las pericias psiquiátricas

Los estudios psiquiátricos realizados durante el proceso concluyeron que, pese a presentar un trastorno de personalidad y un nivel intelectual limítrofe, el acusado podía comprender la criminalidad de sus actos y dirigir sus acciones.

Las profesionales también descartaron que una crisis epiléptica pudiera explicar el abuso. Para llegar a esa conclusión evaluaron la secuencia de acciones del hombre: la elección de un lugar apartado, el sometimiento de la niña y las conductas posteriores para evitar que revelara lo ocurrido.

Cómo fue el ataque

El abuso ocurrió antes de marzo de 2017, cuando el acusado llevó a su sobrina al parque General Manuel J. Campos de General Acha. Según se acreditó en el juicio, aprovechó el vínculo familiar y la confianza de la nena para llevarla hacia el sector de parrillas, donde la desvistió por la fuerza y abusó sexualmente de ella.

Durante el episodio, la pequeña intentó usar el teléfono celular del hombre para pedir ayuda a una tía, pero él se lo quitó. Luego le exigió que no contara lo sucedido.

El TIP mantuvo la declaración de culpabilidad y la calificación legal de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado. La modificación del fallo se produjo exclusivamente sobre el monto de la pena.

Los atenuantes que consideró el tribunal

Al analizar la sanción, las magistradas consideraron que la sentencia de primera instancia no había ponderado de manera suficiente determinadas circunstancias personales del condenado.

En particular, valoraron sus patologías neurológicas crónicas, su situación educativa —no terminó la escuela primaria y no sabe leer ni escribir— y su perfil clínico. Para el tribunal, esos elementos debían ser considerados como atenuantes al momento de determinar la extensión de la pena.

Las juezas también señalaron que mantener la condena de 12 años podía producir un mayor efecto desocializante.

Por esos motivos, el TIP revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y fijó en 9 años de prisión efectiva la condena definitiva. La culpabilidad del acusado y la calificación del delito quedaron firmes.

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