Córdoba y Nación firman un acuerdo por $143 mil millones: qué quedó afuera
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Córdoba y Nación firman un acuerdo por $143 mil millones: qué quedó afuera

Un gobernador y un ministro están a punto de estampar la firma en un documento que mueve casi $143 mil millones. Adentro hay un anticipo de ANSES, un pago al Club de París y dos causas ante la Corte que quedan intactas: qué se compensa y qué no.

El gobierno provincial y el Estado nacional cerraron un entendimiento que ordena una maraña de deudas cruzadas por cientos de miles de millones de pesos. El convenio reconoce acreencias nacionales a favor de Córdoba por $142.959.650.596,66, que se descontarán de las obligaciones que la Provincia mantiene con la Nación por $438.705.982.565,99.

De esa compensación queda un saldo de $295.746.331.969,33 a favor del Estado nacional, que Córdoba cancelará con un cronograma que se extiende hasta diciembre de 2027 y una tasa de interés del 15% nominal anual.

El documento aguarda las firmas del gobernador Martín Llaryora y del ministro de Economía, Luis Caputo, y se enmarca en el Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas. Para que empiece a regir, la Provincia deberá aprobarlo o ratificarlo con la norma correspondiente.

Qué plata se cruza en la compensación

El bloque más grande de la deuda que Nación reconoce a Córdoba son $110.000 millones de ANSES, el anticipo para el ejercicio 2026 previsto en el convenio del 23 de febrero de este año.

Los $32.959.650.596,66 restantes provienen de ajustes de la compensación fijada en el punto II, inciso b, del Consenso Fiscal aprobado por la Ley 27.429. Ese total se reparte en $15.741.756.002,97 por el segundo, tercer y cuarto trimestre de 2024; $11.002.597.716,54 por el ejercicio 2025; y $6.215.296.877,15 por el primer y segundo trimestre de 2026.

Del otro lado del mostrador, Córdoba reconoce obligaciones por un anticipo financiero de $400.000 millones otorgado mediante el Decreto 584/2026, más $14.958.904.109,59 de intereses de ese anticipo calculados al 29 de octubre de 2026.

También se suma un pago a cuenta de la deuda con el Club de París por $23.747.078.456,40, equivalentes a US$15.222.486,19, tomados al tipo de cambio vendedor del Banco Nación de $1.560 por dólar al 29 de octubre de 2026. Esas obligaciones nacen de los pagos que el Estado nacional hizo a los países acreedores y se encuadran en el Decreto 969/2024, la norma que creó el régimen y habilitó a Nación y provincias a compensar y cancelar deudas entre sí.

Cómo se paga el saldo

La deuda remanente se abonará en tres tramos. El primero vence el último día hábil de noviembre de 2026 y es de $60.000 millones. El segundo, de $44.958.904.109,59, cae el último día hábil de diciembre de este año.

Los $190.787.427.859,74 que quedan se pagarán en ocho cuotas mensuales, iguales y consecutivas, entre mayo y diciembre de 2027, con vencimiento el último día hábil de cada mes.

Los intereses, al 15% nominal anual, se devengan mes a mes desde la firma hasta el 31 de diciembre de 2026 y se cancelan en una sola cuota el último día hábil de diciembre. A partir del 1 de enero de 2027 se calcularán sobre el capital pendiente y se pagarán cada mes, con el primer vencimiento el último día hábil de enero.

El cobro se instrumentará con retenciones de la coparticipación federal, desde el decimoquinto día hábil anterior a cada vencimiento, según el régimen ratificado por la Ley 25.570 o el que lo reemplace.

Los reclamos que Córdoba no suelta

La Provincia desistirá de los derechos y acciones atados exclusivamente a los conceptos y montos incluidos en la compensación, con las pretensiones impugnatorias y resarcitorias que eso implica. Pero el texto deja afuera dos frentes.

Por un lado, las diferencias a favor de Córdoba que surjan de la determinación definitiva de los déficits del sistema previsional provincial de 2025 y 2026, cuya cobertura corresponde a ANSES. Por el otro, las causas por cobro de sumas de dinero que tramitan en la Corte Suprema bajo los expedientes CSJ 526/2023 y CSJ 968/2023.

El documento aclara que los $110.000 millones de ANSES son un pago parcial, un anticipo a cuenta del resultado definitivo del ejercicio 2026. Por eso no cancelan el saldo de ese período ni la totalidad del objeto de las dos causas preservadas.

En los procesos que sí queden alcanzados por el desistimiento, en cualquier instancia, la Provincia deberá presentar el convenio para su homologación. Cada parte asumirá sus costas y las comunes se dividirán por mitades, con carácter definitivo.

Letra chica: información fiscal y próximos acuerdos

El entendimiento no cierra la relación financiera entre ambas jurisdicciones: Nación y Córdoba podrán sumar otras deudas y créditos en futuros acuerdos, dentro de los plazos y condiciones del régimen.

Desde la entrada en vigencia, la Provincia deberá entregar información fehaciente sobre sus finanzas públicas a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Coordinación Fiscal Provincial.

Una vez por año presentará el presupuesto aprobado o prorrogado del sector público no financiero con su esquema de ahorro, inversión y financiamiento; un resumen de la normativa de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotores y Sellos; y datos sobre nuevas inversiones.

Cada semestre informará cargos, horas cátedra y módulos por escalafón. Cada trimestre remitirá gastos por finalidad, función y objeto, las deducciones de gastos con financiamiento especial y las tarifas de los servicios públicos.

El reporte mensual incluirá la ejecución del esquema de ahorro, inversión y financiamiento en etapas de devengado, pagado y pagos de ejercicios anteriores; el stock de deuda, incluida la flotante, el uso del crédito y los servicios; el gasto en personal; la situación del Tesoro; los saldos bancarios; los avales y garantías otorgados; los ingresos tributarios, no tributarios y por transferencias; y el financiamiento a municipios.

Córdoba había adherido al Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas el 13 de diciembre de 2024. El instrumento, creado por el Decreto 969/2024 y complementado por el Decreto 171/2026, permite acordar compensaciones y otras operaciones para determinar y cancelar deudas entre la Nación y las provincias.

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