Créditos impagos: bancos y fintech no podrán debitar sin un OK previo del cliente

El BCRA ya habilitó el débito automático para créditos impagos, pero las entidades todavía no pueden usarlo. Hay un requisito que casi nadie cumplió y que puede frenar todo.

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Créditos impagos: bancos y fintech no podrán debitar sin un OK previo del cliente
Créditos impagos: bancos y fintech no podrán debitar sin un OK previo del cliente

La nueva modalidad para cobrar créditos impagos mediante débitos en cuentas bancarias y billeteras virtuales requiere el consentimiento expreso del consumidor. Así lo explicó el especialista en derecho tecnológico y del consumidor Pedro Agúndez, quien advirtió que bancos y fintechs todavía enfrentan dificultades para implementar el mecanismo.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció que la herramienta comenzaría a funcionar desde este lunes. Sin embargo, de acuerdo con Agúndez, las entidades financieras y las empresas fintech solicitaron una prórroga porque necesitan contar con una manifestación de voluntad previa de los usuarios.

“Las fintech y los bancos solicitaron una prórroga, porque tiene que existir una exteriorización de voluntad por parte del cliente, y la gran mayoría no lo ha hecho”, explicó el abogado.

El especialista sostuvo que hasta el momento existe una “nula adhesión” de los usuarios a esta modalidad. Para que pueda aplicarse, indicó, cada cliente debe aceptar de manera previa y voluntaria la incorporación de esta condición al contrato que mantiene con la entidad.

Qué límite tienen los débitos

La normativa establece que los acreedores no pueden debitar más del 30% de los ingresos del usuario. El límite alcanza a los fondos que se utilicen para cancelar las cuotas de los créditos.

Agúndez señaló que este porcentaje no puede superarse, aunque también advirtió que existen dificultades para poner en funcionamiento el sistema.

“No está allanado el camino para que lo comiencen a hacer”, afirmó el especialista, en referencia a los problemas operativos que enfrentan bancos y fintechs.

Desde el punto de vista del derecho del consumidor, Agúndez insistió en que la autorización es un requisito central. “Tiene que estar el consentimiento expreso. Si no existe, esto no va a prosperar”, sostuvo.

Advierten por las nuevas cláusulas en bancos y fintechs

El abogado recomendó que los usuarios lean con atención los términos y condiciones antes de aceptar nuevos contratos o solicitar créditos a través de plataformas digitales.

En ese sentido, advirtió que las condiciones pueden aparecer dentro de contratos extensos y resultar difíciles de identificar para los usuarios.

“Hay cláusulas casi ocultas, las fintech o los bancos escriben en ruso, por decir así, y la gente por ahí no las entiende”, graficó.

Agúndez también planteó que las solicitudes de nuevos préstamos podrían incorporar directamente la cláusula mediante la cual el usuario acepta esta modalidad de cobro.

Por eso, recomendó revisar qué se está aceptando incluso cuando el contrato se firma de manera digital. “Hay que leer los contratos. Hoy tenemos aplicaciones de IA a las que se les puede pedir un resumen”, señaló.

El especialista anticipó, además, que podría producirse una avalancha de solicitudes de aceptación por parte de bancos y billeteras para incorporar esta condición a los contratos existentes.

“Ojo porque puede venir una catarata para que los usuarios manifiesten la aceptación a esta nueva modalidad”, alertó.

Qué pueden hacer los usuarios si les descuentan dinero sin autorización

Agúndez remarcó que si una entidad realiza un débito sobre los fondos de una cuenta bancaria o billetera virtual sin que el usuario haya dado su consentimiento, el descuento puede ser cuestionado.

En ese caso, indicó que el consumidor puede realizar un reclamo ante Defensa del Consumidor.

“Esto es derecho civil, del viejo derecho romano: tenés que expresar voluntad de manera inequívoca”, sostuvo el abogado.

De esta manera, el punto central para la aplicación de la nueva modalidad no es solo la existencia de una deuda, sino que el consumidor haya aceptado de forma expresa y previa que la entidad pueda utilizar ese mecanismo para cobrarla.

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