Criaron a un nene durante meses, pero la Justicia les cerró la puerta de la adopción
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Criaron a un nene durante meses, pero la Justicia les cerró la puerta de la adopción

Cuidaron a un nene durante meses y pidieron quedárselo para siempre. El máximo tribunal pampeano les dijo que no: por qué el vínculo que armaron no alcanzó.

La Sala A del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó el recurso extraordinario de una pareja que integraba el programa de familias de contención y pretendía adoptar al nene que tenía alojado de manera transitoria. El fallo, firmado por los jueces Eduardo Fernández Mendía y María Verónica Campo, confirma que ese vínculo no habilita un atajo hacia la adopción.

La pareja había llegado a la máxima instancia provincial para intentar revertir las resoluciones anteriores que les negaban la guarda preadoptiva. Su argumento central era el lazo socioafectivo construido con el menor durante el tiempo de cuidado, y sumaron un planteo de inconstitucionalidad contra la exigencia de estar inscriptos previamente en el Registro Único de Adoptantes (RUA).

Qué respondió el STJ

Los magistrados fueron categóricos: el programa de familias de contención tiene un fin solidario y estrictamente pasajero, pensado para que el chico no pase a una institución del Estado mientras se define su situación definitiva. Ese carácter temporal es, justamente, lo que impide transformarlo en otra cosa.

“El vínculo afectivo invocado, generado durante la etapa de contención, en modo alguno puede convertirse en una vía alternativa de adopción”, sostuvieron los jueces en la resolución.

El razonamiento del tribunal agrega otro eje: habilitar ese camino le daría una ventaja indebida a quienes cuidan de forma transitoria frente a las personas que cumplen todos los pasos del sistema oficial. Además, chocaría con el Código Civil y Comercial, que prohíbe las entregas directas justamente para prevenir el tráfico y las irregularidades.

El interés superior del niño, según la mirada del tribunal

Para el STJ, la protección del “interés superior del niño” no pasa por convalidar el lazo afectivo generado en la contención, sino por garantizarle una integración familiar definitiva a través de los canales legales, institucionales y transparentes.

Con esa interpretación, el fallo cierra la puerta a que los cuidadores temporales puedan saltearse el sistema oficial de adopciones de La Pampa y ratifica que el RUA sigue siendo el único camino previsto para quienes buscan adoptar.

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