Cuánto cobrarán los empleados de comercio en agosto tras el nuevo aumento
Los empleados de comercio ya tienen los números sobre la mesa: ¿cuánto cobrarán en agosto tras el nuevo acuerdo paritario?
Los trabajadores mercantiles recibirán en agosto un incremento salarial que combina el primer tramo de la paritaria con una suma fija extraordinaria. El salario básico de un vendedor categoría A superará los $1.298.000, aunque sin contar adicionales.
¿Cómo se compone el aumento?
El acuerdo firmado entre la FAECyS y las cámaras empresarias (CAC, CAME y UDECA) estableció una recomposición total del 5,7%, distribuida en tres cuotas del 1,9% cada una, aplicables desde julio, agosto y septiembre de 2026. Además, se pagará una asignación extraordinaria no remunerativa de $50.000 en dos cuotas de $25.000: la primera con los haberes de julio (cobrada en agosto) y la segunda con los de agosto (cobrada en septiembre).
También se acordó postergar la incorporación de la suma fija no remunerativa de $120.000 a los básicos, que se hará de forma gradual entre diciembre de 2026 y mayo de 2027, en seis cuotas de $20.000 cada una.
Salarios básicos estimados para agosto
Con el 1,9% de julio y el primer pago de $25.000, los valores mensuales por categoría son:
Personal de Maestranza: Categoría A: $1.282.023; B: $1.285.293; C: $1.296.750.
Personal Administrativo: A: $1.294.297; B: $1.299.212; C: $1.304.120; D: $1.318.853; E: $1.331.128; F: $1.349.134.
Cajeros: A: $1.298.389; B: $1.304.120; C: $1.311.486.
Personal Auxiliar: A: $1.298.389; B: $1.306.572; C: $1.333.583.
Auxiliar Especializado: A: $1.308.213; B: $1.322.944.
Vendedores: A: $1.298.389; B: $1.322.947; C: $1.331.128; D: $1.349.134.
Estos montos no incluyen antigüedad, presentismo ni otros conceptos del convenio.
¿Qué más contempla el acuerdo?
Las partes volverán a reunirse en octubre de 2026 para evaluar la inflación y una posible nueva actualización. Además, sigue vigente el aporte sindical solidario del Convenio Colectivo 130/75, según confirmó la Secretaría de Trabajo, mientras dure la medida cautelar vinculada a la Ley de Modernización Laboral.