Cuatro concejales quisieron frenar el Parque Acuático y la Justicia les dio un cachetazo

Un grupo de concejales de Ciudad Futura intentó frenar las obras del Parque Acuático por la vía judicial. La Cámara de Apelaciones no solo rechazó el pedido: les marcó un límite que deja al descubierto el rol que pretendían darle a la Justicia.

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Cuatro concejales quisieron frenar el Parque Acuático y la Justicia les dio un cachetazo
Cuatro concejales quisieron frenar el Parque Acuático y la Justicia les dio un cachetazo

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario desestimó la medida cautelar que un grupo de ediles de Ciudad Futura había presentado para detener las obras del Parque Acuático. La Sala 5° declaró inadmisible la demanda y, de esa manera, respaldó la postura que la Municipalidad venía sosteniendo desde el arranque: los temas políticos se dirimen en el Concejo, no en los tribunales.

Un mensaje directo a los ediles

Los jueces fueron tajantes sobre el rol del Poder Judicial en este tipo de planteos. Advirtieron que la Justicia “no es un tercer ámbito de deliberación a disposición de las minorías ni una instancia revisora de la política”. Y agregaron que aceptar estas demandas implicaría “convertir a los jueces en árbitros de las disputas políticas internas”.

El cambio de estrategia que no convenció

Con el correr del expediente quedaron expuestas varias inconsistencias en la presentación de los concejales. Al principio habían pedido paralizar toda la intervención, pero después aclararon que su intención era solo frenar el Parque Acuático y dejar que avanzaran las demás mejoras proyectadas.

La Cámara no pasó por alto ese giro: señaló que no hubo una modificación formal del pedido ni análisis técnicos que lo respaldaran. El juez René Galfré fue quien puso el foco en esa falencia: “esa precisión no fue acompañada por una reformulación del objeto de la cautelar”, escribió, y remarcó que tampoco había estudios que acreditaran “la factibilidad de la separación de la obra”.

Sin pruebas de un perjuicio concreto

A la falta de sustento técnico se le sumó otra debilidad: ninguno de los cuatro ediles demandantes pudo demostrar un perjuicio propio y directo que justificara recurrir a la Justicia. Las pruebas que presentaron consistían, en su mayoría, en proyectos e iniciativas que ellos mismos habían impulsado en el Concejo.

“El hecho que se propone probar no es un perjuicio sufrido por los actores, sino la afectación a las atribuciones del Concejo”, fundamentó la resolución. Y recordó que los propios impulsores del reclamo reconocían al cuerpo deliberativo como el ámbito natural para discutir el conflicto.

El dictamen que no pesó

La decisión de la Cámara también marcó distancia del dictamen previo de la Procuración de Segunda Instancia, que había sugerido hacer lugar al recurso del concejal Juan Monteverde, un argumento que el bloque opositor había usado públicamente para sostener su demanda. Los magistrados aclararon que ese dictamen no era vinculante y declararon la inadmisibilidad definitiva de la acción, lo que deja el camino libre para que las obras del Parque Acuático sigan su curso.

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