Denunció un violento accidente, pero las cámaras la desmintieron: la Justicia la obligó a pagar todo
¿Qué pasó cuando las cámaras mostraron la verdad? Una mujer que denunció un grave accidente ahora deberá pagar todos los gastos del juicio. Los detalles que la Justicia consideró clave.
Lo que parecía una historia de terror para una peluquera de Pontevedra terminó convertido en un giro judicial inesperado. La Justicia le dio la razón al conductor demandado y ahora ella deberá hacerse cargo de todos los gastos del juicio.
Todo comenzó el 19 de junio de 2022, cuando la mujer aseguró que fue embestida por una camioneta Berlingo mientras caminaba con su hijo por la calle Coronda al 2100. En su denuncia, relató que el impacto la arrojó al suelo, golpeó su cabeza contra el asfalto y perdió el conocimiento por unos segundos.
El conductor, según su versión, se bajó rápidamente y le habría dicho: “Perdón, no te vi”. La mujer contó que se fue caminando a su casa y horas después intentó atenderse en el Hospital Eva Perón de Merlo, pero aseguró que no la recibieron. Tampoco logró ser asistida en el Hospital de Morón, donde le explicaron que no había traumatólogo de guardia por el feriado y el horario.
¿Qué pasó después del accidente?
Recién al día siguiente, el conductor la llevó al Hospital Posadas, donde le realizaron estudios y le diagnosticaron una “contusión en el hombro derecho” con radiografía normal. Sin embargo, la mujer insistía en que tenía lesiones graves, como luxación de hombro y clavícula, además de daño psicológico y pérdida de movilidad.
El dolor la llevó a consultar el 5 de julio en el Sanatorio San Juan Bautista, donde le indicaron una consulta con una especialista en hombro, pero dijo que no pudo hacer el tratamiento por falta de dinero. Fue entonces cuando decidió demandar al conductor y a su aseguradora, reclamando una indemnización de $5.390.000 por todos los daños.
Las cámaras que cambiaron todo
El caso cayó en el Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Morón, a cargo del juez Jorge Eugenio Del Valle Cella. El conductor, para defenderse, solicitó las cámaras de seguridad de un comercio cercano que registraron la secuencia completa. El video demostró que el vehículo retrocedía muy lentamente y que solo hubo un roce leve, sin caída ni golpe en la cabeza.
El perito informático confirmó que la grabación era auténtica y no tenía alteraciones. Además, el perito mecánico dictaminó que las lesiones denunciadas eran totalmente incompatibles con el levísimo contacto observado. La pericia psicológica también descartó daño psíquico.
El juez también señaló que la mujer fue declarada negligente en la producción de la pericia médica, y que los registros del Hospital Posadas solo mencionaban una contusión, sin luxación ni desmayo. Además, el sanatorio del 5 de julio registró una “caída de propia altura” con dolor en el hombro izquierdo, el lado opuesto al roce del vehículo.
Con todas estas pruebas, el magistrado consideró que “la plataforma de hechos invocada en la demanda quedó completamente desvirtuada” y que no existía nexo de causalidad entre el hecho y el reclamo. Así, rechazó la demanda por completo y ordenó que la mujer pague los gastos del juicio y los honorarios de los abogados del conductor.
El fallo remarca que las partes “tienen el deber de ser veraces y actuar bajo el principio de buena fe procesal”, y que “construir una versión fáctica falsa debilita su posición”. Una resolución que deja un claro precedente sobre las consecuencias de inventar un accidente.