Diez años de juicio: la Corte le dijo no a la exconcesionaria de Pacará Pintado

¿Sabías que una empresa pasó diez años en los tribunales reclamando millones? Enterate por qué la Corte le dijo que no y qué logró salvar.

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Diez años de juicio: la Corte le dijo no a la exconcesionaria de Pacará Pintado
Diez años de juicio: la Corte le dijo no a la exconcesionaria de Pacará Pintado

Tras una década de disputa judicial, la Corte Suprema de Tucumán confirmó el rechazo al reclamo millonario de la exconcesionaria de Pacará Pintado. La empresa Servicios y Construcciones La Banda SRL no recibirá el reajuste retroactivo de precios ni la indemnización que exigía por la rescisión de su contrato con el Consorcio GIRSU.

¿Qué decidió el máximo tribunal?

Con una integración especial de la Sala, el tribunal ratificó que el contrato de transporte de residuos comenzó a regir recién en junio de 2013, cuando se puso en marcha la Planta de San Felipe. Por lo tanto, no corresponde aplicar precios desde la firma del acuerdo en marzo de 2012, como pretendía la firma.

Además, la Corte desestimó la indemnización por daños y perjuicios, al considerar que la rescisión del vínculo en abril de 2014 no fue por culpa exclusiva del Consorcio. El fallo subrayó que ambas partes interpretaron mal el contrato y que la propia empresa resultó contradictoria al pedir la prórroga del contrato mientras lo rescindía.

El único punto a favor

Sin embargo, la empresa logró un pequeño triunfo: la anulación de las costas impuestas por la Cámara. El tribunal consideró que la instancia anterior no fundamentó correctamente el apartamiento del principio general de que las costas las paga quien pierde. Ahora, la Cámara deberá dictar un nuevo fallo sobre este punto.

La Sala, integrada por los vocales Daniel Leiva, Claudia Beatriz Sbdar, Eleonora Rodríguez Campos y Daniel Oscar Posse, estableció que cuando una parte obtiene un resultado insignificante frente a la otra, las costas deben ser soportadas por quien perdió en lo sustancial. Las costas de la instancia extraordinaria quedaron repartidas: 70% para la empresa actora y 30% para el Consorcio.

El litigio se originó en dos contratos firmados en 2012 para el transporte de residuos y la provisión de maquinarias. La demanda inicial, presentada en 2014, superaba los $35 millones a valores de esa época.

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