Dos condenados por la Justicia fueron expulsados del Estado neuquino: uno trabajaba en un jardín de infantes
¿Sabías que un portero de un jardín de infantes y un policía fueron separados del Estado neuquino? Conocé los delitos que cometieron y cómo se aplicó la política de tolerancia cero.
La política de tolerancia cero del gobernador Rolando Figueroa volvió a sacudir la estructura estatal: en los últimos días, un portero de un jardín de infantes y un oficial de la Policía del Neuquén fueron separados de sus cargos tras recibir condenas judiciales. Ambos casos reflejan la postura del Ejecutivo provincial de no permitir que personas con antecedentes penales sigan amparadas por la estabilidad laboral.
¿Quiénes son los afectados y qué delitos cometieron?
El primer caso involucra a Darío Gaspar Rifo Meliqueo, quien se desempeñaba como auxiliar de servicios en el Jardín de Infantes N° 52 de Añelo. Su salida se concretó luego de una sentencia condenatoria por amenazas agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil.
Según la documentación oficial, la condena fue producto de un acuerdo judicial que le impuso una pena de dos años de prisión de ejecución condicional y el pago de una multa. La resolución administrativa, convalidada por Figueroa, se basó en el Convenio Colectivo de Trabajo y el Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública provincial, que exigen a los agentes estatales mantener una conducta acorde a su función.
El punto central del expediente fue la incompatibilidad entre el delito cometido y el rol que cumplía dentro de una institución educativa. El Estado consideró que su comportamiento no se ajustaba a las condiciones morales y de conducta requeridas para un empleado público, lo que motivó su baja definitiva.
El caso del oficial de policía exonerado
El segundo caso corresponde a Patricio Eduardo Gómez, ex oficial principal de la Policía del Neuquén. La Jefatura de Policía solicitó su exoneración luego de que se acreditaran hechos en perjuicio de la integridad física y psicológica de una compañera de trabajo. El hecho fue denunciado ante el Ministerio Público Fiscal en septiembre de 2023 y derivó en actuaciones por abuso sexual.
Un Tribunal de Juicio lo condenó por abuso sexual simple agravado por la calidad de funcionario público o miembro de una fuerza policial o de seguridad, imponiéndole una pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional. Este agravante fue determinante en el análisis administrativo, ya que Gómez pertenecía a una institución que exige estándares especiales de conducta y responsabilidad.
Además, la condena incluyó una inhabilitación especial perpetua para ejercer funciones vinculadas a la seguridad y actos propios del servicio policial, lo que configuró un impedimento legal para que continuara en la fuerza. Los recursos presentados por el ex oficial contra las actuaciones administrativas fueron rechazados, dejando firme la sanción.
Estas decisiones forman parte de una línea política clara de la gestión de Figueroa para ordenar el funcionamiento interno del Estado, enviando un mensaje contundente: quienes reciben una condena judicial por hechos incompatibles con la función pública pierden su lugar en la administración provincial.