El adelanto silencioso que encendió la polémica: la jueza que acusa a la Caja de Previsión de jubilarla sin su consentimiento

La vocal del TSJ denuncia que la Caja de Previsión adelantó su jubilación sin su consentimiento. ¿Qué dice el artículo 128 de la Constitución provincial? Los detalles de un conflicto que sacude al Poder Judicial.

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El adelanto silencioso que encendió la polémica: la jueza que acusa a la Caja de Previsión de jubilarla sin su consentimiento
El adelanto silencioso que encendió la polémica: la jueza que acusa a la Caja de Previsión de jubilarla sin su consentimiento

La vocal del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, Paula Ernestina Ludueña Campos, volvió a cargar contra la Caja de Previsión Social (CPS) por el adelanto de su jubilación. La magistrada asegura que la fecha del beneficio fue modificada sin su aprobación y que nadie le explicó los motivos.

Este lunes, Ludueña compartió en sus redes sociales la Notificación de Informe Previsional Favorable, donde la CPS le informó que estaba en condiciones de jubilarse a partir del 1 de octubre de 2026. Sin embargo, la jueza denuncia que la fecha original era 45 días después.

“El 6/8 fui notificada por la Caja de Previsión de que estaba en condiciones de acceder a jubilarme el 1/10/26. ¿En qué momento decidieron adelantar 45 días? ¿Bajo qué circunstancias decidieron que ya no tengo derecho a presentar mi renuncia? La Constitución es clara. Vayan directo al art. 128”, escribió la magistrada.

¿Qué dice la Constitución provincial?

El artículo 128 de la Constitución de Santa Cruz establece los requisitos para la jubilación de los magistrados y funcionarios judiciales. Ludueña sostiene que la decisión de la CPS viola ese marco legal, ya que no se le permitió ejercer su derecho a renunciar.

La controversia se da en medio del proceso iniciado por el Decreto 608/24, que habilitó a la Caja de Previsión a otorgar jubilaciones de manera extraordinaria. El viernes 14 de agosto, durante una reunión extraordinaria del Directorio, la CPS aprobó las primeras 27 jubilaciones alcanzadas por esa norma.

Las jubilaciones que agitaron el Poder Judicial

Entre los beneficios aprobados figuran cinco integrantes del Poder Judicial y las tres vocales del Tribunal Superior de Justicia: Reneé Fernández, Alicia de los Ángeles Mercau y Paula Ernestina Ludueña Campos. La situación suma un nuevo capítulo a la disputa institucional que atraviesa el máximo tribunal provincial.

El sábado pasado, Ludueña ya había cuestionado públicamente la decisión de la CPS. Tras conocerse el otorgamiento de las jubilaciones, aseguró que “ninguna de las tres renunció, solo iniciamos los trámites” y calificó la medida como “una jubilación compulsiva”.

La magistrada también vinculó la decisión con los reiterados pedidos de juicio político contra integrantes del TSJ y sostuvo: “Luego de tantos juicios políticos fallidos llegaron a esto”.

El caso genera expectativa en el ámbito judicial santacruceño, ya que podría sentar precedentes sobre los alcances del Decreto 608/24 y los derechos de los magistrados a decidir sobre su propia jubilación.

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