El blanqueo laboral que perdona el 70% de la deuda y elimina multas: cómo acceder

¿Sabías que podés perdonar hasta el 70% de la deuda laboral y salir del REPSAL? Conocé los detalles del PER, el blanqueo que busca regularizar el empleo informal.

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El blanqueo laboral que perdona el 70% de la deuda y elimina multas: cómo acceder

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), incluido en la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, ofrece una condonación de hasta el 70% de la deuda previsional para empleadores que regularicen vínculos laborales informales. La medida apunta a reducir la litigiosidad y ampliar la base contributiva.

Mientras el debate público se centra en el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), el PER propone un enfoque complementario: ordenar el pasado. En términos prácticos, funciona como un mecanismo de sinceramiento que busca regularizar relaciones laborales ya existentes, muchas de ellas atravesadas por la informalidad o registraciones incompletas.

¿Qué deudas cubre el PER?

El régimen permite a empleadores del sector privado declarar y formalizar vínculos laborales iniciados antes de la promulgación de la ley. Esto incluye tanto a trabajadores completamente no registrados como a aquellos parcialmente declarados, por ejemplo, con jornadas o salarios inferiores a los reales.

La normativa establece una condonación que no podrá ser inferior al 70% del total adeudado por aportes y contribuciones, incluyendo capital e intereses. Este beneficio alcanza al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), PAMI, Fondo Nacional de Empleo y el régimen de asignaciones familiares.

Para el saldo restante -que no superará el 30%-, el esquema prevé condiciones de pago altamente favorables: planes de hasta 72 cuotas, con una tasa nominal anual máxima del 12% y un anticipo inicial de apenas el 5%. Además, se contempla un incentivo adicional para quienes puedan cancelar de contado, con descuentos de hasta el 10% sobre la deuda consolidada.

Alivio judicial y salida del REPSAL

La adhesión al régimen implica la extinción de la acción penal prevista en el Régimen Penal Tributario vinculada a la falta de registración laboral. A esto se suma la condonación total de multas, infracciones y sanciones administrativas pendientes, siempre que se encuentren impagas al momento de la adhesión.

Otro aspecto clave es la posibilidad de salir del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), una base que limita severamente la operatoria de las empresas, al impedirles acceder a financiamiento, beneficios estatales o contratos con el sector público. El régimen permite incluir deudas que se encuentren en discusión judicial o administrativa; para acceder a este beneficio, el empleador deberá desistir de las acciones legales en curso y asumir las costas del proceso.

Beneficios para los trabajadores

A diferencia de otros procesos de regularización, el PER incorpora el reconocimiento retroactivo de aportes previsionales. El esquema permite computar hasta 60 meses de servicios con aportes -equivalentes a cinco años- para los trabajadores regularizados. Este reconocimiento se calcula sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil o sobre la remuneración declarada, si esta fuera mayor.

Esos períodos serán válidos para acceder a la jubilación, así como a pensiones por invalidez o fallecimiento, y a prestaciones por desempleo. Si bien la normativa aclara que estos aportes no incidirán en todos los componentes del haber previsional, el hecho de recuperar años de aportes perdidos representa una mejora sustancial para trabajadores históricamente excluidos del sistema.

Seguridad jurídica y plazos

El PER incorpora una cláusula de blindaje que busca garantizar seguridad jurídica: los organismos fiscales no podrán realizar determinaciones de deuda, ajustes ni sanciones sobre los períodos regularizados. La implementación estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá reglamentar el régimen sin introducir restricciones arbitrarias.

El régimen no estará disponible de manera indefinida. Las empresas tendrán un plazo de 180 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación para adherirse. Este límite temporal introduce un factor de urgencia que podría acelerar decisiones empresarias, especialmente en un contexto donde la informalidad representa un riesgo creciente en términos legales y financieros.

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