El campo inundado: qué beneficios consiguieron los productores de 9 de Julio y Necochea
El boleto agropecuario: los productores de 9 de Julio y parte de Necochea ya pueden acceder a la exención del Inmobiliario Rural. ¿Qué tienen que hacer para no perder el beneficio?
El gobierno bonaerense declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en el partido de 9 de Julio y en cuatro circunscripciones de Necochea, tras las pérdidas de cosechas que dejaron las inundaciones. La medida, que regirá hasta el 31 de octubre de 2026, fue adoptada luego de un análisis del Ministerio de Desarrollo Agrario, a cargo de Javier Rodríguez, que combinó datos meteorológicos, imágenes satelitales y relevamientos en terreno.
La situación fue evaluada primero por las comisiones locales de Emergencia Agropecuaria y después por la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la provincia, que en su reunión ordinaria N° 277, celebrada el pasado 25 de junio, recomendó avanzar con la declaración. Según los fundamentos de la norma, el fenómeno fue considerado extraordinario y generó un impacto crítico en la capacidad productiva de los establecimientos rurales de las zonas alcanzadas.
¿Qué beneficios contempla la medida?
La declaración habilita una serie de ventajas tributarias y crediticias para los productores comprendidos. Entre ellas, la posibilidad de acceder a una exención del Impuesto Inmobiliario Rural, que se aplicará de acuerdo con el nivel de afectación de cada explotación. Para quienes queden bajo el régimen de Desastre Agropecuario, la exención será proporcional al porcentaje de daño, mientras que los que estén en emergencia también podrán acceder a beneficios sobre ese tributo, según lo establecido por la ley que creó la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario.
Además, los productores cuyas explotaciones estén dentro de las zonas declaradas tendrán que presentar las declaraciones juradas correspondientes en un plazo máximo de diez días desde la publicación del decreto en el Boletín Oficial. La medida alcanza exclusivamente a quienes desarrollan la actividad agropecuaria como principal fuente de producción y cuyos establecimientos se ubican en las áreas específicamente incluidas.