El cese de tres juezas en Santa Cruz que desató una batalla legal por la independencia judicial
Tres juezas de Santa Cruz fueron cesadas por la Caja de Previsión Social en una medida que su abogado califica de inconstitucional. ¿Qué argumentos respaldan la denuncia?
La decisión de la Caja de Previsión Social de Santa Cruz de jubilar a tres magistradas del Tribunal Superior de Justicia encendió una alerta institucional. El abogado Fernando Tanarro, en representación de las juezas, calificó la medida como una “jubilación compulsiva” e inconstitucional que pone en jaque la independencia del Poder Judicial provincial.
Durante una entrevista con La Bisagra, el letrado explicó que las juezas habían iniciado los trámites para su jubilación ordinaria, como cualquier agente estatal, pero que nunca dieron su consentimiento para el cese anticipado de sus funciones. La medida se basó en el Decreto Provincial 608/24, una norma que modifica el régimen previsional y que ya está siendo impugnada en sede judicial por representantes de trabajadores activos.
¿Qué dice la Constitución Provincial?
El artículo 128 de la Constitución de Santa Cruz garantiza la inamovilidad de los jueces del Tribunal Superior mientras dure su buena conducta, un principio republicano que los protege de injerencias políticas. Para Tanarro, la decisión de la Caja de Previsión Social vulnera este principio y constituye un grave precedente sin correlato jurídico en el país.
El abogado ya presentó una intimación administrativa ante la Caja de Previsión Social para retrotraer las medidas. Si no obtiene una respuesta favorable, anticipó que acudirán a los tribunales ordinarios mediante un recurso de amparo, sin descartar que la causa llegue hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El caso pone en el centro del debate la independencia judicial en la provincia y el respeto a las garantías constitucionales de los magistrados. La comunidad jurídica sigue de cerca los pasos de esta controversia, que podría sentar un precedente en todo el país.