El cuarto barco extranjero que pescaba en aguas argentinas recibió una multa millonaria
¿Qué hizo el Hai Xing 2 para merecer una multa millonaria? Los detalles de la sanción que nadie contó.
La Zona Económica Exclusiva Argentina volvió a ser noticia tras detectarse una nueva incursión ilegal. Un pesquero de origen chino fue multado con más de 1.800 millones de pesos por realizar maniobras de pesca en aguas nacionales.
Se trata del Hai Xing 2, un buque que opera bajo bandera de Vanuatu y que se convirtió en el cuarto sancionado durante 2026 por violar la jurisdicción argentina. La multa asciende a $1.833 millones.
La sanción fue oficializada el 7 de agosto por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, tras un procedimiento administrativo que se inició a partir de datos de rastreo proporcionados por la Prefectura Naval Argentina.
¿Dónde ocurrió la infracción?
El episodio se registró a la altura del Golfo San Jorge. Según las autoridades, la embarcación navegó a una velocidad promedio de 4,3 nudos y recorrió 0,49 millas náuticas dentro de la ZEEA mientras realizaba movimientos compatibles con la pesca de arrastre.
La infracción se pudo determinar gracias a los registros de navegación, sin necesidad de interceptar físicamente al buque en altamar. La medida se apoyó en una disposición emitida en febrero de este año, que establece que velocidades inferiores a seis nudos, acompañadas de ciertos patrones de giro o cambios de rumbo, pueden constituir evidencia suficiente para acreditar una infracción.
Cuatro casos en 2026
El Hai Xing 2 se suma a una lista de buques sancionados este año. Entre los antecedentes figuran el Bao Feng, multado con más de $1.262 millones; el Bao Win, involucrado en otra penalización conjunta; y el Coimbra, un arrastrero de bandera portuguesa detectado en abril.
Con esta nueva sanción, el monto acumulado de las multas divulgadas durante 2026 supera los $4.533 millones, aunque todavía resta determinar el monto final correspondiente al caso del buque europeo.
Sin embargo, el esquema actual no impide que las embarcaciones continúen pescando fuera de las 200 millas. Una vez abonada la sanción, los buques quedan habilitados para retomar sus operaciones desde la milla 201, donde rige el régimen de aguas internacionales.
El caso vuelve a poner bajo la lupa el control de las flotas extranjeras que operan en el límite de la Zona Económica Exclusiva Argentina, especialmente durante la temporada de pesca del calamar.