El dato que apareció once días antes de la muerte de Teo: ya pesaba una prohibición de acercamiento
Una resolución judicial reveló que Lautaro Lobos ya tenía una prohibición de acercamiento por violencia de género once días antes de la muerte de Teo Vázquez. La medida había sido pedida por otra mujer. Un día después de ser notificado, la mamá de Teo fue a la Fiscalía a advertir sobre él. La cronología que nadie había reconstruido hasta ahora.
La causa por la muerte de Teo Vázquez sumó un elemento que hasta ahora no había trascendido: Lautaro Hernán Lobos, único procesado por el crimen, ya tenía una prohibición de acercamiento por violencia de género once días antes del hecho. La medida había sido pedida por otra mujer.
Según la resolución judicial que reconstruyó ANR, el 20 de enero de 2024 la Justicia de Familia de Roca le impuso a Lobos mantenerse a más de 200 metros de la denunciante y le prohibió todo tipo de contacto: presencial, telefónico, digital, por redes sociales o a través de terceros.
La resolución que quedó asentada
El expediente tramitó en la Unidad Procesal de Familia N°16 de Roca. Una resolución del 23 de enero de 2024 dejó constancia de que la por entonces jueza Moira Revsin había dispuesto la restricción tres días antes. La misma magistrada ordenó devolver las pertenencias de la mujer que estaban en la vivienda que ocupaba Lobos, con acompañamiento policial o del Servicio de Abordaje Territorial (SAT).
El texto también registra que Lobos fue notificado en persona de la prohibición, en el momento en que los efectivos acompañaron a la denunciante a retirar sus cosas. La medida se adoptó en el fuero de Familia, bajo la Ley nacional 26.485 de protección contra la violencia hacia las mujeres, y no implica una condena penal ni determina responsabilidad por los hechos denunciados.
La advertencia de la mamá de Teo
Al día siguiente, el 24 de enero, Natalia Vázquez se presentó ante el Ministerio Público Fiscal provincial en Roca para advertir sobre Lobos. La mamá de Teo relató después que buscaba denunciar, entre otras cuestiones, la presunta comercialización de psicofármacos y otras sustancias por parte del joven. Esa presentación no estaba vinculada con la causa de la otra mujer y no hay elementos que indiquen que Natalia conociera su existencia.
El 31 de enero de 2024, siete días después de aquella advertencia y once días después de la prohibición de acercamiento, Teo fue encontrada muerta.
Qué pasó con la presentación en Fiscalía
El tratamiento de esa presentación tuvo consecuencias internas. Se abrieron actuaciones en el Ministerio Público y hubo sanciones. Un agente que intervino en la recepción inicial fue sancionado. También se investigó a las fiscales Norma Reyes y Belén Calarco.
Reyes recibió un apercibimiento por no haber informado a la mamá de Teo sobre una audiencia vinculada con el traslado de Lobos. La sanción no estuvo relacionada con la recepción ni con el extravío de la presentación previa a la muerte. En el caso de Calarco, las actuaciones se archivaron al considerarse que no tuvo intervención ni conocimiento de esa presentación, de su extravío ni del caso antes del fallecimiento de Teo.
La familia, además, inició una demanda contra el Estado provincial por las irregularidades que le atribuye al sistema en la atención de aquella advertencia. Se trata de la posición de la familia y no de una responsabilidad estatal declarada judicialmente.
Del fuero provincial al federal
La investigación por la muerte de Teo arrancó en la Justicia provincial. Tras el hallazgo, la Fiscalía ordenó detener a Lobos por un hecho calificado inicialmente como femicidio. En paralelo avanzó una causa federal por estupefacientes, medicamentos y recetas. La discusión por la competencia llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que resolvió que el fuero federal debía intervenir en la totalidad de los hechos.
Para entonces, Lobos ya había recuperado la libertad en la causa provincial con medidas cautelares que incluían monitoreo electrónico. El fallo del juez federal Hugo Greca reconstruye que el 18 de noviembre de 2025 se fijó un régimen de restricciones que no menciona la tobillera. Las obligaciones eran mantener actualizados domicilio y teléfono, no salir de Río Negro ni del país sin autorización y presentarse periódicamente ante la Policía Federal. El fallo no precisa cuándo se retiró el dispositivo ni quién lo dispuso, por lo que no corresponde atribuir esa decisión a un magistrado determinado.
El procesamiento y la detención actual
El 24 de agosto de 2026, Greca procesó a Lobos por homicidio simple con dolo eventual y suministro gratuito de estupefacientes, en concurso ideal, y también por falsificación de recetas médicas y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Ordenó un embargo de 20 millones de pesos.
En las páginas 56 del fallo, Greca analizó la situación cautelar: señaló que desde noviembre de 2025 Lobos se mantuvo a derecho, cumplió las obligaciones y no registró intentos de fuga ni maniobras de entorpecimiento. Por eso lo procesó sin prisión preventiva y sostuvo las cautelares vigentes. Incumplirlas puede derivar en la revocación de su libertad.
La detención actual corresponde a otra investigación. Este fin de semana, una joven fue encontrada herida y en estado de shock durante una intervención policial por violencia de género en Roca. Dos vecinas declararon que momentos antes un joven la había sacado por la fuerza hacia la vereda. Mientras la víctima recibía asistencia, Lobos regresó y fue detenido. La Policía informó que opuso resistencia y que durante el cacheo le encontraron un cuchillo entre sus pertenencias. La información oficial no establece que ese elemento haya sido usado para provocar la lesión de la joven.
Las actuaciones se informaron bajo las figuras de lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad. Lobos sigue detenido por orden de la Justicia provincial y este lunes a las 12:30 llegará en esa condición a la audiencia de formulación de cargos, donde la Fiscalía deberá precisar qué conducta le atribuye y con qué calificación jurídica.
La causa actual, la investigación federal por la muerte de Teo y la causa de Familia son actuaciones distintas y ninguna acredita por sí sola los hechos investigados en las otras. La documentación, sin embargo, permite reconstruir una cronología precisa: el 20 de enero de 2024 se dictó una prohibición de acercamiento contra Lobos por la denuncia de otra mujer; el 23 quedó asentado que había sido notificado; el 24 la mamá de Teo acudió a la Fiscalía provincial para advertir sobre él; y el 31 murió Teo.
Si sufrís violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda, la Línea 144 brinda atención, contención y asesoramiento gratuito las 24 horas, todos los días del año. Ante una emergencia o riesgo inmediato, comunicate con el 911.