El decreto que firmó Figueroa para una comunidad mapuche que igual sigue bajo amenaza de desalojo

Mientras sigue la disputa por las tierras, el gobernador firmó un decreto que cambia el estatus legal de una comunidad mapuche. Pero la orden de desalojo sigue vigente y ahora la pelota está en la Justicia.

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El decreto que firmó Figueroa para una comunidad mapuche que igual sigue bajo amenaza de desalojo
El decreto que firmó Figueroa para una comunidad mapuche que igual sigue bajo amenaza de desalojo

El Gobierno de Neuquén reconoció la personería jurídica de la comunidad mapuche Lof Melo, con domicilio legal en el paraje Paso Coihue, departamento Los Lagos, en Villa La Angostura. La medida se formalizó a través del Decreto 1402, firmado por el gobernador Rolando Figueroa y refrendado por el ministro de Gobierno, Jorge Tobares, y fue publicada el viernes pasado en una edición especial del Boletín Oficial.

El reconocimiento llega en un momento delicado: apenas un día después de que se conociera un nuevo mandamiento de desalojo sobre el mismo territorio, lo que generó incertidumbre entre los integrantes de la comunidad, que desde hace años reclaman por la tierra.

Qué implica la personería para el Lof Melo

La norma no solo otorga la personería jurídica, sino que también aprueba el estatuto comunitario presentado por la comunidad, que define sus pautas de organización, los mecanismos para designar autoridades y los procedimientos de ingreso y exclusión de miembros.

Según el texto oficial, la constitución del Lof Melo quedó validada mediante actas del 27 y 29 de septiembre de 2014, y una tercera del 18 de agosto de este año, en la que se aprobó el estatuto y se eligieron autoridades.

El decreto se apoya en un amplio marco normativo: la Constitución Nacional y Provincial, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Ley 23.302, el Código Civil y Comercial de la Nación, y el convenio suscripto entre el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y la provincia, ratificado por el Decreto 2462/13. El expediente había sido iniciado en 2021 ante la Inspección Provincial de Personas Jurídicas.

Un reconocimiento en medio del conflicto territorial

La resolución llega en un contexto de fuerte conflicto con la Justicia provincial por la permanencia en el Lote Pastoril 42, conocido como El Pedregoso, un predio de aproximadamente 625 hectáreas entre Villa La Angostura y Bariloche que también reclama el Lof Quintriqueo.

El pasado 19 de agosto, un día antes de la fecha prevista, efectivos de la Policía de Neuquén y del grupo especial GEOP ingresaron al territorio para ejecutar una orden de desalojo. El operativo pudo completarse en el sector ocupado por el Lof Quintriqueo, pero quedó trunco en la parte donde permanece el Lof Melo, luego de que no se presentaran en el lugar funcionarios de los organismos de protección de la infancia requeridos por la presencia de menores.

Desde entonces, las comunidades definieron la situación como un "desalojo a medias" y sostuvieron la ocupación del predio, acompañadas por movilizaciones que reunieron a cientos de personas de distintos puntos de Neuquén y Río Negro.

El otorgamiento de la personería jurídica se conoció apenas un día después de que trascendiera un nuevo mandamiento de desalojo sobre el mismo territorio, lo que profundizó la incertidumbre entre los integrantes de la comunidad respecto de una eventual nueva diligencia judicial, para la que hasta el momento no hay fecha confirmada.

Qué pasa con el conflicto después de este decreto

El reconocimiento estatal constituye, formalmente, un acto administrativo. Le otorga al Lof Melo existencia legal y capacidad para actuar institucionalmente como persona jurídica, pero no tiene efecto directo sobre las resoluciones judiciales vinculadas al predio en disputa. La orden de desalojo continúa vigente en el fuero judicial, que tramita de manera independiente del expediente de personería resuelto por el Poder Ejecutivo.

Desde la Confederación Mapuche de Neuquén señalaron que el trámite de reconocimiento llevó 14 años y reclamaron que esa nueva situación jurídica sea incorporada como elemento a considerar en el expediente judicial de desalojo. La organización había cuestionado duramente al Gobierno provincial por el operativo de agosto, al que calificó como parte de un conflicto vinculado a un reclamo territorial de la familia Broers sobre el mismo predio.

Lucas Melo, lonko de la comunidad, había expresado semanas atrás su decisión de sostener la ocupación del territorio junto al Lof Quintriqueo, remarcando que el operativo de agosto no logró completarse pese a haber sido presentado como consumado.

Piden suspender cualquier desalojo

Tras conocerse el decreto, la defensa de la comunidad solicitó formalmente que se suspenda el desalojo en el expediente judicial, al considerar que el reconocimiento de la personería constituye un hecho nuevo sobreviniente.

"Estamos pidiendo que se suspenda el desalojo por el hecho nuevo sobreviniente", planteó el abogado Luis Virgilio Sánchez, que remarcó además que Melo nunca fue parte demandada en la causa y que la comunidad no puede ser tratada como una simple ocupante del predio.

Según el planteo, al reconocer formalmente ese estatus jurídico, la propia provincia queda obligada a garantizar la tutela efectiva de los derechos de la comunidad, en línea con los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Lhaka Honhat, que estableció la obligación de los Estados de resguardar los derechos territoriales de las comunidades indígenas.

"Al reconocer la provincia formalmente, ese estatus jurídico se debe cumplir con la tutela efectiva de los derechos de la comunidad", sostuvo la defensa.

El planteo se suma así al reclamo de la Confederación Mapuche, que también pidió que la nueva situación jurídica del Lof Melo sea incorporada como elemento a evaluar en el expediente de desalojo.

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