El decreto que sacudió el Tribunal de Faltas: dictamen fiscal lo declara inconstitucional
¿Se vino abajo la reforma del Tribunal de Faltas? Un dictamen fiscal declaró inconstitucional el decreto municipal y la causa quedó lista para sentencia.
La pulseada entre el presidente del Tribunal Municipal de Faltas, Gerardo Poliche, y la Municipalidad de San Miguel de Tucumán está a punto de definirse. Un dictamen de la Fiscalía de Cámara declaró inconstitucional el decreto 99/2025 que reformó el organismo, y ahora la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa deberá resolver si lo anula.
Todo arrancó el 18 de febrero de 2025, cuando el Ejecutivo municipal firmó el decreto 99/2025. Esa norma modificó aspectos clave del funcionamiento interno del Tribunal de Faltas, lo que generó un fuerte rechazo de su presidente. Poliche presentó una demanda que también apunta contra la resolución 1457/2025 y los decretos complementarios.
¿Qué dice la demanda?
Poliche sostiene que la reforma se metió en terreno que no le corresponde al Ejecutivo. Según él, la estructura y organización del Tribunal de Faltas solo pueden ser modificadas por el Concejo Deliberante. Entre los puntos más cuestionados está la creación de la Oficina de Gestión Administrativa de Causas (OGAC), que concentraría funciones administrativas y procesales en un funcionario designado por el municipio, desplazando a los jueces contravencionales.
También apuntó contra el sistema de rotación obligatoria de magistrados cada seis meses. Para Poliche, eso atenta contra el principio del juez natural y genera inseguridad jurídica en los procesos contravencionales. En una ampliación de la demanda, fue más duro: calificó al decreto como "el certificado de defunción" del organismo.
El dictamen que cambió el tablero
El 7 de julio, la fiscal de Cámara Juana Inés Hael firmó un dictamen que le dio la razón a Poliche. Concluyó que el decreto municipal invadió competencias que la Ley Orgánica de Municipalidades reserva al Concejo Deliberante. Citó el artículo 25 inciso 31 de la Ley 5.529, que faculta al cuerpo legislativo a crear y reglamentar el Tribunal de Faltas y su Código de Faltas.
Para la Fiscalía, tanto el decreto 99/2025 como la resolución 1457/2025 "afectan la jerarquía normativa" y violan el principio de supremacía constitucional del artículo 31 de la Constitución Nacional. Por eso, dictaminó que ambas normas son inconstitucionales.
El dictamen fiscal no es vinculante, pero pesa fuerte. Con ese antecedente, la Sala III resolvió el 27 de julio dejar la causa en estado de sentencia. Ahora los jueces definirán si la reorganización impulsada por la Municipalidad sigue vigente o si la anulan por falta de competencia legal.