El "delivery" de drogas que la Justicia neuquina no pudo frenar: cayó, pero seguirá en su casa

La condena era de seis años de prisión efectiva y parecía que iba a cumplirla tras las rejas. Pero un detalle administrativo lo cambió todo: la mujer seguirá en una vivienda de Plottier. ¿Qué pasó con el cupo en la cárcel de mujeres?

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El "delivery" de drogas que la Justicia neuquina no pudo frenar: cayó, pero seguirá en su casa
El "delivery" de drogas que la Justicia neuquina no pudo frenar: cayó, pero seguirá en su casa

La Justicia de Neuquén condenó este martes 29 de septiembre a Luciana Bianca Mailén Quinchao por vender estupefacientes a bordo de un auto bajo la modalidad de "delivery" en distintos puntos de Zapala. La pena: seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Sin embargo, la mujer comenzó a cumplirla bajo prisión domiciliaria en Plottier.

La investigación estuvo encabezada por el fiscal jefe Matías Álvarez y el asistente letrado Guillermo Rodríguez, quienes reconstruyeron al menos diez operaciones de venta concretadas entre enero y abril de este año.

El modus operandi: entregas a domicilio en Zapala

De acuerdo con la teoría del caso presentada por la fiscalía, Quinchao realizaba entregas de droga a cambio de dinero en distintos sectores de Zapala. Los investigadores lograron reconstruir el derrotero: el primer episodio ocurrió el 17 de enero, con dos entregas mediante un vehículo. El 21 de febrero concretó otras cuatro operaciones en diferentes puntos de la ciudad, y el 13 de marzo llevó adelante las últimas cuatro maniobras.

La investigación avanzó hasta que, el 9 de abril, las autoridades allanaron el alojamiento que la acusada alquilaba. En el lugar secuestraron 685 gramos de cogollos de marihuana distribuidos en distintos envoltorios y cocaína fraccionada, además de otros elementos vinculados con la comercialización de estupefacientes.

Durante la audiencia, los fiscales detallaron las pruebas que llevaron el caso a juicio: informes de la División Antinarcóticos de Zapala, las actas y resultados del allanamiento, análisis químicos que confirmaron la presencia de THC y clorhidrato de cocaína, y una pericia informática realizada sobre los teléfonos secuestrados.

Quinchao fue condenada como autora del delito de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor, bajo la modalidad de delito continuado.

Por qué la condena llegó a seis años

En el marco de un acuerdo pleno, las partes habían establecido inicialmente una pena de cuatro años de prisión efectiva y una multa de 45 unidades fijas, equivalente a aproximadamente $5 millones. Para determinar la pena también se consideraron las circunstancias personales de la mujer, entre ellas que tiene un hijo menor a cargo y las condiciones de vulnerabilidad informadas durante el proceso.

Sin embargo, Quinchao tenía un antecedente reciente: en octubre de 2025 había sido condenada a dos años de prisión de cumplimiento condicional por un hecho de comercialización de estupefacientes en grado de tentativa. Los nuevos hechos fueron cometidos mientras todavía se encontraba dentro del período de condicionalidad de aquella sentencia.

Por ese motivo, la jueza Leticia Lorenzo revocó esa modalidad y unificó ambas penas, estableciendo una condena definitiva de seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Quinchao aceptó el acuerdo y quedó detenida desde la audiencia.

Cumplirá la condena en una vivienda de Plottier

Según informó el Ministerio Público Fiscal (MPF), actualmente no existe cupo para alojarla en una unidad de detención de mujeres, por lo que comenzó a cumplir la condena bajo la modalidad domiciliaria en Plottier.

La jueza ordenó verificar la disponibilidad de un dispositivo de vigilancia electrónica para controlar el cumplimiento de la prisión domiciliaria. Hasta que eventualmente sea colocado, se estableció que personal policial realice rondines sorpresivos en el domicilio donde Quinchao cumple la pena.

Qué pasó con los otros tres investigados

Durante la misma audiencia también se definió la situación procesal de otras tres personas que estaban bajo investigación en la causa.

En el caso de C.J.J.C., la Fiscalía reformuló la acusación y le atribuyó seis hechos de comercialización de estupefacientes en carácter de partícipe necesario. La investigación en su contra continuará.

Por su parte, C.A.R. accedió a una suspensión del juicio a prueba por un año y tres meses. Entre las reglas establecidas, deberá realizar presentaciones ante Población Judicializada y mantener actualizado su domicilio. Además, la Justicia ordenó el decomiso de $3.515.000 secuestrados durante la investigación.

Finalmente, a pedido de la Fiscalía, se dispuso el sobreseimiento de B.E.P., debido a que los elementos reunidos durante la pesquisa no permitieron sostener su participación en los hechos investigados.

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