El durísimo golpe de Rauschenberger a la Inocencia Fiscal II: “Se aproxima a un blanqueo”
El diputado pampeano Ariel Rauschenberger destapó la olla: la Inocencia Fiscal II esconde un blanqueo. ¿Qué dijo sobre los controles y los beneficios para los grandes contribuyentes?
El diputado pampeano Ariel Rauschenberger salió al cruce de la Ley de Inocencia Fiscal II aprobada en Diputados y dejó una definición que encendió alarmas: el proyecto “se aproxima a un blanqueo” y beneficia a los que más tienen.
Con 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones, la Cámara de Diputados dio media sanción a la iniciativa oficialista y la giró al Senado. Pero el legislador de Unión por la Patria no solo votó en contra: desmenuzó cada artículo y advirtió sobre sus consecuencias.
¿Por qué habla de blanqueo?
Rauschenberger fue contundente durante el debate. Para él, esto no es una simple simplificación tributaria, como sostiene el Gobierno. “Esto no se trata de una simplificación tributaria porque es mucho más que eso”, disparó.
El diputado explicó que el proyecto facilita la incorporación de fondos no declarados al circuito formal, sobre todo en operaciones inmobiliarias, y ejerce presión sobre la Unidad de Información Financiera (UIF) para que modifique las normas de prevención de lavado de activos.
El detalle que delata todo
Uno de los puntos más criticados fue la eliminación de los topes de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado. Se van los límites de $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio, algo que contradice el argumento oficial de que la medida apunta a pequeños y medianos contribuyentes.
“Se amplía el universo de quienes van a estar beneficiados porque dice que es para beneficiar a los pequeños y medianos contribuyentes para simplificarles la vida, pero el límite de mil millones de pesos de ingreso y de 10 mil millones de pesos de patrimonio se eliminan”, cuestionó Rauschenberger.
Y sentenció: “Deja de ser beneficioso para los pequeños y medianos, e ingresan los que tienen mayor capacidad contributiva”.
Menos control, más dudas
El diputado también apuntó contra la reducción de las facultades de fiscalización de ARCA. El proyecto establece nuevas condiciones para determinar cuándo hay una “discrepancia significativa” entre lo declarado y lo detectado, lo que para él es una traba.
“Defender esa capacidad no significa defender la arbitrariedad del Estado, sino defender tener un sistema impositivo que sea equitativo y tenga herramientas de fiscalización”, afirmó.
Además, alertó que las modificaciones “restringen las facultades al ARCA y elevan las barreras para que una inconsistencia sea considerada relevante”. Y puso un ejemplo concreto: “Esto tiene consecuencias porque aplica la prescripción porque pasan tres años en vez de cinco años”.
Otro de los cambios que criticó fue la derogación del inciso G del artículo 18 de la Ley 11.683, que permitía contrastar depósitos bancarios con ingresos declarados. “Hay restricción para levantar pruebas”, advirtió.
El rol del sistema financiero
Rauschenberger también puso el ojo en la prevención del lavado de activos. Según el proyecto, se considera cumplido el requisito de canalización cuando el sistema financiero formal interviene en el origen o destino de una operación. Pero el diputado fue tajante: “Esto no acredita la procedencia económica originaria de los fondos”.
Para él, el régimen “excede a una simplificación tributaria y bancarización”.
La crítica a las multas para PyMEs
El proyecto incluye una reducción del 25% en las multas formales para micro, pequeñas y medianas empresas. Rauschenberger no la rechaza de plano, pero pide que sea diferenciada.
“Propusimos la cuestión de la capacidad contributiva, escalas diferenciadas por tamaño y que haya reducciones según la categoría de la empresa. La propuesta es imparcial e insuficiente”, sostuvo.
Un límite claro
El legislador aclaró que su bloque no está en contra de la simplificación tributaria ni de incorporar recursos al circuito formal. Tampoco cuestiona la protección del contribuyente frente a la arbitrariedad del Estado. Pero marcó la cancha: “Sí rechazamos que esos objetivos sean utilizados para justificar menos control, menos trazabilidad y mayores beneficios para quienes poseen mayor capacidad económica”.
Y cerró con una advertencia que resume su postura: “No puede haber seguridad jurídica solamente para quienes adhieran a la inocencia fiscal, tiene que haber seguridad jurídica para quien cumple, para quien paga, para quien produce y para una sociedad que también necesita tener una recaudación tributaria justa y equitativa”.
“Así, se premia la evasión y el esfuerzo termina recayendo sobre los pagadores de siempre. Por eso rechazamos este proyecto”, concluyó.
Qué cambia con la nueva ley
La iniciativa, que modifica la ley 27.799, amplía el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias: podrán adherirse todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, sin los límites de ingresos y patrimonio que regían hasta ahora. El plazo para ingresar a los beneficios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.
Se redefine qué se considerará una “discrepancia significativa”: será una diferencia que implique un aumento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos el 15% respecto de lo declarado.
La norma mantiene las facultades de fiscalización de ARCA sobre contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia recaudatoria. Quienes adhieran deberán canalizar sus operaciones a través del sistema financiero formal y usar medios autorizados por el BCRA o la CNV.
Además, se incorporó la reducción del 25% en multas por infracciones formales para PyMEs.
Según la Agencia Noticias Argentinas, la aprobación de esta ley era uno de los avances legislativos que buscaba el Gobierno en la sesión de Diputados, junto con la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central. Ahora, la iniciativa deberá continuar su trámite en el Senado.